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La digitalización del sistema de salud se impulsa con la reglamentación través de un decreto, estableciendo la obligatoriedad de la receta electrónica.

Actualidad 22 de abril de 2024 Hector Perez Hector Perez
Recetas electrónicas
Recetas electrónicas

El Ministerio de Salud de la Nación ha dado un paso importante hacia la modernización y la eficiencia en el sistema de salud argentino al avanzar con la reglamentación del DNU 70/23 mediante el Decreto N°345/2024.

Esta medida establece la implementación obligatoria de la receta electrónica en todo el país a partir del 1 de julio de 2024.

El objetivo principal de esta iniciativa es mejorar la calidad en la prestación de servicios de salud a los ciudadanos, garantizando la eficiencia y la seguridad en el proceso de prescripción y dispensación de medicamentos.

La receta electrónica permitirá una identificación clara de los profesionales de la salud que prescriben medicamentos, facilitando así la trazabilidad y el seguimiento de los tratamientos.

La medida también busca integrar y estandarizar las plataformas digitales existentes en el sistema de salud, definir un diccionario nacional de medicamentos y garantizar un seguimiento eficaz del tratamiento de los pacientes.

Además, se enmarca en las acciones del Gobierno nacional para aumentar la competitividad del mercado y minimizar costos en el sector.

La adopción de la receta electrónica se basa en cuatro ejes esenciales:

Identificación de profesionales: Se garantiza el acceso a la identificación de los profesionales de la salud a través de la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS), asegurando que solo los profesionales acreditados puedan emitir prescripciones.
Registro Nacional de Soluciones Informáticas: Se establece un registro nacional de soluciones informáticas que brindan soporte en la gestión sanitaria, garantizando la calidad y seguridad de las plataformas utilizadas en todo el país.
Diccionario Nacional de Medicamentos: Se crea un diccionario nacional de medicamentos para estandarizar la denominación de los mismos en las recetas electrónicas, facilitando su identificación y dispensación.
Comunicación y acceso a las recetas: Se propicia un sistema eficiente de comunicación y acceso a las recetas electrónicas emitidas, asegurando un seguimiento eficaz del tratamiento prescrito al paciente.

La implementación de la receta electrónica será coordinada con las autoridades jurisdiccionales competentes y los organismos con incumbencia en la materia. Además, se espera que las farmacias archiven y guarden las recetas digitales durante tres años para garantizar la trazabilidad y seguridad en el proceso de dispensación de medicamentos.


 
 
 
 

   

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