RENOVADAS ENERGÍAS

Por Ricardo Lagiard. A principios de los 1990s asistimos a una convención sobre energías altern...

Trelew 08 de septiembre de 2017 Información LU17

Por Ricardo Lagiard.


A principios de los 1990s asistimos a una convención sobre energías alternativas celebrada en Rawson. Allí pudimos conversar con empresarios y funcionarios argentinos y norteamericanos, quienes veían en la Patagonia un tremendo potencial energético.


Durante los varios días que duró el evento, se intentaron intercambios, ventas y entre otros temas, se mencionó el marco legal de funcionamiento del sistema en la Argentina. Durante una disertación de la entonces funcionaria de la Secretaría de Energía de la Nación, los visitantes consultaron sobre el modo en que se manejaba aquí el exceso de energía producido por las unidades domiciliarias.  A ello se respondió que la legislación local no lo contemplaba, pero que se trabajaba en el tema.


Hemos debido esperar más de veinte años para que surja, una vez más, la idea de un sincero impulso de la producción de energía domiciliaria inyectable en la red de distribución. El proyecto, aprobado por todas las fuerzas políticas de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados, y que podría lograr sanción el próximo miércoles 13, podría convertirse en la herramienta que en pocos años haría de la Argentina un país diferente.


El texto de la norma en cuestión trasunta una profunda intención innovadora en lo atinente a la producción, uso y conservación de la energía. De una vez por todas, nuestro país dejaría a un lado antiguas concepciones para ingresar a un mundo nuevo, con ideas nuevas. Según la ley de Fomento a la Generación de Energía Renovable Integrada a la Red Pública, el Estado promovería la posesión de generadores domiciliarios, ya sea eólicos o solares o del tipo que sea, de modo que cada familia pudiera producir su propia electricidad y si hubiera un excedente, le estaría permitido transferirlo a la red domiciliaria y cobrar una tarifa por él.


El proyecto de ley consta de 41 artículos disponiendo que a partir de la fecha de su sanción, todo nuevo edificio público deberá contemplar la instalación de algún sistema de generación distribuida proveniente de fuentes renovables. Igual criterio se aplicaría, en forma gradual, a los edificios existentes.


En el plano técnico, se prevé la conexión por medio de un equipo de medición bidireccional, el que junto con la instalación respectiva, sería solventado por el consumidor o por el distribuidor, según sea la zona y los acuerdos preexistentes. En cuanto a las cifras, las empresas distribuidoras deberían elaborar las tarifas a pagar siguiendo los lineamientos establecidos en la nueva Ley, cuya ejecución sería controlada por una autoridad de aplicación. Además, la AFIP debería dictar las normas necesarias que regulen los aspectos impositivos del programa.


Un aspecto del proyecto que resulta muy alentador es la creación del Fondo Fiduciario público, destinado al otorgamiento de préstamos e incentivos así como la difusión, investigación y desarrollo de tecnologías relativas al tema. Por otra parte, además de las exenciones impositivas para las empresas fabricantes locales, la norma establece que deberá utilizarse insumos nacionales y que, al menos un tercio de los montos pertinentes, debería destinarse a emprendimientos residenciales de vivienda unifamiliar.


Hasta aquí la ley.  En lo financiero, Marcelo Alvarez, presidente de la Cámara Argentina de Energías Renovables, afirma que el uso de estas tecnologías contribuiría a reducir el monto que gasta el país en combustibles fósiles importados, que en 2016 llegó a 3945 millones de dólares. Además, se despertaría en la población una más fuerte conciencia del uso racional de la energía, y no el derroche irresponsable en que solemos incurrir.


Hasta aquí todo suena muy alentador. Si todo marchara como es de desear, esto significaría que un equipo generador cuyo costo es hoy prohibitivo para el común de la gente, pasaría a tener un precio accesible; que podría financiarse; que estaría tan disponible como hoy lo está una heladera; que su conexión no tropezaría con la eterna burocracia de las distribuidoras; que se le pagaría su acreencia en el acto, y que el Estado no descargaría su avidez impositiva hasta tornarlo en solo una quimera.


La Argentina despierta –como mínimo- unos cincuenta años tarde al mundo de las energías renovables. En este país, donde no hay sol, hay viento. Una vez más, nuestros legisladores tienen la gran oportunidad de escribir en nuestra historia, como los granaderos, “su página mejor”.

   

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