IMPUESTO A LAS GANANCIAS: QUÉ CAMBIOS ANUNCIARÁ EL GOBIERNO
El número de referencia de $225.937 mejoraría en relación a la evolución de los salarios. Tributa...
El número de referencia de $225.937 mejoraría en relación a la evolución de los salarios. Tributaristas piden que se incremente un 40%.
De ese modo, se evitan mayores inconvenientes para liquidar el tributo vinculado a la primera cuota del Sueldo Anual Complementario. Si el actual piso a partir del que se paga de $225.937 cambiara en julio, habría que tomar lo que se descuenta en el primer semestre de manera provisoria y ver a fin de año ver si el empleado pagó de más y pedir un reintegro.
Según dejaron trascender fuentes de la Casa Rosada, la idea es que la mejora del piso del Impuesto a las Ganancias respetará la evolución de los salarios de la primera mitad del año. Pero para los asesores tributarios debería seguir el paso de la inflación. Aún así todavía no está determinado de cuánto va a ser la mejora.
Impuesto a las Ganancias: ¿qué pasará con el aguinaldo?
De acuerdo con lo que indica la Ley del Impuesto a las Ganancias, para la Cuarta Categoría, el aguinaldo tributa Impuesto a las Ganancias cuando el promedio de las remuneraciones brutas del año supera el piso que fija el Poder Ejecutivo desde el cual los salarios empiezan a sufrir retenciones. El año pasado habían arrancado con $150.000 luego lo pasaron a $170.000 y ahora está en $225.937.
Hoy hay unos 948.000 trabajadores en relación de dependencia que están alcanzados habitualmente, lo que implica una suba del 14% respecto del año pasado, según indicó el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, en una carta enviada al ministro de Economía, Martín Guzmán.
Allí, Massa le pidió a Guzmán que suba el piso para evitar que los aumentos de salarios conseguidos en paritarias en el primer tramo del año queden afectados, del mismo modo que los cálculos para la primera cuota del SAC.
Aún así, Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, considera que toda liquidación que se lleve a cabo ahora en relación al SAC será "provisoria" hasta que a fin de año se terminen de fijar las condiciones anuales del tributo. De hecho, puede darse el caso de una persona que no recibe descuentos de su salario mensual, pero si podría tenerlo del SAC.
Eso se debe a que a lo largo del año los haberes pueden seguir subiendo, del mismo modo que el piso a partir del cual se paga el tributo. Las dos variables determinarán si el trabajador tendrá derecho a pedir un reintegro, si es que pagó de más por el aguinaldo, o si no le correspondía pagar.
Un ejemplo puede ser, bajo el supuesto que el piso subiera a $300.000, el de un empleado con salario bruto promedio de $240.000 que percibe en mayo una comisión de $100.000. Esa persona tendría que cobrar un SAC de $170.000, mientras que el piso por los primeros seis meses es de $150.000. Tendría que pagar Ganancias por $20.000. Si ese empleado llegara a fin de año y su salario promedio quedara por debajo de los $300.000 no le correspondería tributar y tendría que pedir que le devolvieran lo que pagó.
Domínguez señala que el piso a partir del cual se paga el impuesto, que además determina si también corresponde hacerlo por el SAC debería subir 40% en función de la inflación acumulada entre enero y mayo. Con ello, el nuevo límite "debería ser de $315.000 promedio mensual brutos", indicó.
Fuente: Ámbito
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