¿LAS ART NO CUBREN LOS CONTAGIOS DE CORONAVIRUS?

Médicos, enfermeros, camilleros, ambulancieros, personal de las Fuerzas de Seguridad, tripulacion...

Actualidad 28 de marzo de 2020 Enrique Gil Ibarra

Médicos, enfermeros, camilleros, ambulancieros, personal de las Fuerzas de Seguridad, tripulaciones aéreas y hasta los empleados de los supermercados que se contagien por trabajar en la emergencia no estárían cubiertos por las ART, según fuentes del sector asegurador.


Es porque la ley no incluye al Covid-19 como enfermedad laboral. La Superintendencia de Riesgos de Trabajo admite que es así, pero que igual las aseguradoras deberán cubrir los seguros. El secretario general de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA), Jorge Yabkowski, disparó: "Está bárbaro que te aplaudan a las 9 de la noche, pero también hace falta que se declare enfermedad laboral al coronavirus".

En ese contexto, crece la preocupación entre los trabajadores obligados a cumplir tareas en la pandemia. De hecho, este viernes murió un médico de Cipolletti, Río Negro.


"Por lo que sabemos las ART no se van a hacer cargo y no hay resolución oficial en contrario de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo", dijo el secretario general de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA), Jorge Yabkowski. "Hay que asegurar a los médicos en caso de contagio; están en el primer lugar de exposición y deben tener cobertura", sumó el presidente de CONFEMECO, que nuclea a los colegios médicos de todo el país, Mauricio Eskinazi.

"Por lo menos que el Gobierno saque un DNU declarando al coronavirus enfermedad laboral", reclamó Yabkoswski.


Entre las aseguradoras de riesgo de trabajo sostienen que la legislación no considera al coronavirus una enfermedad laboral y que tampoco se lo puede considerar a un contagio como un accidente laboral porque no se trata de "un hecho súbito y violento".

Las ART están preocupadas de que se les haga absorber el costo de los trabajadores que enfermen (o que eventualmente mueran y sus familias deban cobrar una indemnización).


En caso de que la ART no se hiciera cargo de un contagiado por cumplir tareas en la emergencia, las empresas -o los familiares de una víctima mortal- podrían recurrir a la Comisión Médica Central, que funciona como una especie de segunda instancia para los reclamos. "La comisión van a expedirse a favor del trabajador. Como pasa en los casos de las enfermedades no listadas y que se determina que pueden estar relacionadas con la actividad que realiza el trabajador", señalaron en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Para eso, claro, habrá que recurrir hasta ellos y cuando eso suceda posiblemente el trabajador ya estará curado.

"No hay zona gris. La decisión es que las ART deberán hacerse cargo. Más que con los trabajadores, las ART tendrán problemas con las empresas por quién paga los salarios de los días no trabajados", dijeron en la Superintendencia.


Las ART cubren a 10 millones de trabajadores de un millón de empresas.

Fuente: Clarín

 

   

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