
Fijan un nuevo esquema de Ganancias para exportaciones de oro, plata y platino
Actualidad16/01/2026
REDACCIÓN
El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias para las exportaciones de metales preciosos, según lo dispuesto en la Resolución General 5815/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, publicada en el Boletín Oficial. La normativa abarca operaciones de oro, plata y platino que salgan del país con destino a procesamiento, refinación o depósito en el exterior, antes de su venta final.
El esquema define una alícuota del 1%, calculada sobre el valor que se utiliza para determinar los derechos de exportación. La Dirección General de Aduanas actuará como agente de percepción en estas transacciones, que incluyen los metales en cualquiera de sus etapas de elaboración, incluso el denominado bullón dorado. El alcance amplio apunta a cubrir distintas modalidades habituales del comercio de estos productos.
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De acuerdo con los considerandos oficiales, la decisión busca reforzar los mecanismos de fiscalización y prevenir maniobras que perjudiquen el interés fiscal en un rubro relevante para la generación de divisas. La percepción deberá calcularse al momento de la liquidación de los tributos aduaneros, y el pago tendrá un plazo de hasta 15 días hábiles posteriores al libramiento de la mercadería.
La norma también fija consecuencias ante incumplimientos. Los exportadores que no abonen en término podrán ser suspendidos del registro correspondiente y deberán abonar intereses resarcitorios. Estas previsiones buscan asegurar el cumplimiento efectivo del nuevo régimen y dotarlo de herramientas operativas.
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En cuanto al tratamiento impositivo, el monto ingresado por la percepción tendrá carácter de impuesto ingresado y podrá computarse en la declaración jurada de Ganancias del período fiscal en el que se concrete la transferencia de la mercadería. No obstante, la resolución aclara que no podrá utilizarse para determinar ni reducir los anticipos del impuesto.
Finalmente, las empresas alcanzadas deberán cumplir con un régimen de información trimestral. Este exige la presentación de una certificación emitida por un profesional independiente en ciencias económicas, donde se detalle la cantidad y calidad de los metales exportados, junto con la documentación respaldatoria de cada operación, reforzando así el control posterior.
Fuente: NA.














