La Justicia mudó a Esquel el juicio contra un médico acusado de abuso sexual

Policiales02/07/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El nuevo juicio no se hará en Lago Puelo. La causa por presunto abuso sexual contra una niña pasará a la órbita de la Oficina Judicial de Esquel, luego de que la Justicia aceptara el cambio de jurisdicción pedido por la Fiscalía. La decisión apunta a despejar el riesgo de que el jurado popular llegue al debate con vínculos previos, opiniones formadas o condicionamientos territoriales.

Juicio por jurados
Juicio por jurados

La resolución coloca el foco en la forma en que debe juzgarse un caso sensible cuando el acusado conserva una presencia extendida en comunidades chicas. El imputado trabajó como médico en varias comunas rurales de la comarca, entre ellas Cushamen, Cholila, Corcovado, El Maitén y Epuyén. Para la Fiscalía, esa trayectoria profesional podía contaminar el padrón de posibles jurados porque muchas personas pudieron conocerlo como profesional de confianza.

El traslado se definió después de un primer debate realizado en la circunscripción de Lago Puelo que terminó sin veredicto. Ese resultado se conoce técnicamente como “jurado estancado”, una situación que impide cerrar el caso con una decisión definitiva. A partir de ese antecedente, la fiscal María Bottini planteó que insistir con otro juicio en el mismo ámbito territorial podía repetir el obstáculo.


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La discusión no giró solo sobre dónde hacer el debate, sino sobre quiénes podían escuchar la prueba sin arrastrar relaciones previas con el imputado. En localidades pequeñas, la figura de un médico suele ocupar un lugar social de cercanía, consulta frecuente y confianza personal. Esa condición, sostuvo la acusación, volvía especialmente difícil armar un tribunal popular con distancia suficiente frente al acusado.

La Defensa Pública se opuso al planteo y sostuvo que no se acreditaba la “conmoción pública” que suele exigirse para mover un juicio de jurisdicción. El juez, sin embargo, interpretó que el caso tenía una particularidad distinta a la de otros procesos. La influencia comunitaria del perfil profesional del acusado, evaluó, podía producir un efecto equivalente sobre la objetividad del jurado.


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El fallo marcó una diferencia entre el conocimiento público de un hecho y el vínculo personal construido durante años por el ejercicio de una profesión. “La relación de confianza que genera un profesional de la medicina en localidades pequeñas puede afectar la necesaria objetividad de un jurado popular”, señaló la resolución en sus fundamentos. Con ese criterio, el magistrado priorizó la imparcialidad del debate por encima de la permanencia del juicio en la circunscripción original.

La situación de la niña también pesó en la decisión judicial. Al tratarse de una causa por presunto abuso sexual contra una menor de edad, el juez invocó obligaciones estatales vinculadas a la protección de la infancia y de las víctimas. La resolución mencionó tratados internacionales con jerarquía constitucional, entre ellos la Convención de Belém do Pará y la Convención sobre los Derechos del Niño.


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El cambio de jurisdicción no solo ordena mover el debate, sino que exige acelerar su reorganización. La Justicia indicó que la fijación de una nueva fecha debe tramitarse con carácter de urgencia para evitar demoras que profundicen el sufrimiento psicológico de la niña. Esa definición conecta la imparcialidad del jurado con otro objetivo del proceso: reducir el riesgo de revictimización.

La Oficina Judicial de Esquel deberá gestionar ahora la agenda del nuevo juicio y preparar la selección de ciudadanos que integrarán el jurado. Para ese trámite se dispuso un cuestionario único y unificado durante el proceso de voir dire. Esa herramienta busca ordenar el filtro previo de jurados, acortar audiencias preparatorias y detectar posibles incompatibilidades antes del debate.

Fuente: MPF Chubut

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