Los nuevos pisos de Ganancias redefinen desde agosto quiénes empezarán a tributar

Actualidad15/07/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

La actualización semestral basada en la inflación de junio modifica los ingresos mínimos alcanzados por el impuesto y también ajusta las escalas del Monotributo.

Impuestos

Los trabajadores en relación de dependencia encontrarán desde agosto nuevos parámetros para determinar si deben pagar el Impuesto a las Ganancias. La modificación surge de la actualización semestral prevista por el esquema vigente y toma como referencia el 1,9% de inflación de junio informado por el Indec. Ese porcentaje redefine los niveles de remuneración desde los cuales comienza la obligación tributaria según la situación familiar de cada empleado.

Los nuevos valores cambian de acuerdo con la composición del grupo familiar, por lo que no existe un único piso para todos los contribuyentes. La actualización contempla diferencias entre trabajadores solteros y aquellos que tienen hijos o integran un hogar con cargas de familia. Además, los cálculos distinguen entre remuneración bruta y remuneración neta, es decir, el ingreso luego de los descuentos obligatorios.

Para un trabajador soltero, el ingreso mínimo estimado para quedar alcanzado por el impuesto será de $3.505.431 de remuneración bruta y $2.909.507 de remuneración neta. En el caso de un soltero con un hijo, los valores ascienden a $3.792.485 brutos y $3.147.762 netos, mientras que quienes tengan dos hijos pasarán a un umbral de $4.079.540 brutos y $3.386.017 netos.

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La escala continúa elevándose para los hogares con mayores cargas familiares. Un trabajador casado con dos hijos comenzará a tributar a partir de una remuneración bruta estimada de $4.648.749 y una remuneración neta de $3.858.461. Estos montos representan el ingreso mínimo desde el cual empieza a aplicarse el tributo bajo las condiciones previstas para cada situación.

El mecanismo que define estos cambios funciona mediante una actualización automática cada seis meses. El objetivo consiste en acompañar la evolución del costo de vida utilizando la inflación como referencia para modificar los parámetros tributarios. De esa manera, los límites que determinan quién paga el impuesto se ajustan periódicamente junto con el avance de los precios.

Sin embargo, la actualización no produce el mismo resultado para todos los trabajadores. La variación de los pisos busca evitar que una persona quede alcanzada únicamente por aumentos salariales nominales vinculados a la inflación. Aun así, el efecto final dependerá de cómo evolucionen los ingresos de cada contribuyente en relación con ese índice.

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Existen situaciones en las que los salarios pueden no acompañar el ritmo de la inflación y, pese a ello, producirse modificaciones en la carga tributaria. Como el cálculo se basa en la actualización de parámetros vinculados al Índice de Precios al Consumidor, algunos trabajadores podrían afrontar variaciones en el monto del impuesto aunque su poder adquisitivo no haya mejorado en la misma proporción.

La revisión semestral no se limita al Impuesto a las Ganancias. El mismo criterio también se aplica al Monotributo, cuyas escalas y parámetros de recategorización se modifican utilizando la evolución del IPC. Así, tanto empleados como pequeños contribuyentes verán cambios en los valores de referencia que regirán durante los próximos meses.

Con la entrada en vigencia de los nuevos umbrales desde agosto, el sistema tributario incorporará los parámetros ajustados por la inflación de junio. Esos valores serán los que definirán durante el siguiente semestre qué trabajadores quedarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y cuáles permanecerán por debajo de los límites establecidos.

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