Confirman sobreseimiento de empresaria por un episodio epiléptico que sufrió al volante

Policiales17/07/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

La Justicia determinó que Patricia Ana Scheuer no tuvo control finalista de sus actos cuando atropelló y mató a un turista brasileño en 2025, descartando una acción penalmente relevante.

Patricia Scheuer. Foto Hernán Zenteno / LA NACION
Patricia Scheuer. Foto Hernán Zenteno / LA NACION

La principal hipótesis judicial sostiene que la empresaria gastronómica Patricia Ana Scheuer experimentó un episodio epiléptico focal de al menos veinte segundos mientras conducía por la avenida Del Libertador. Este evento médico es considerado la única explicación compatible con la evidencia reunida en la investigación del siniestro. Dicha crisis alteró de manera significativa su capacidad de autodeterminación al momento del hecho.

Por esta razón, la Sala 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el sobreseimiento de la conductora. El hecho ocurrió el 1° de enero de 2025, cuando atropelló y le causó la muerte al turista brasileño Fernando Pereira De Amorim Junior. El trágico suceso tuvo lugar en la intersección de las avenidas Del Libertador y Alvear.


OTRAS NOTICIAS:

Cámara ratifica procesamiento del empresario Aldo Funes y la madre de una menor por abuso sexual

La decisión judicial había sido apelada por la familia de la víctima, constituida como querellante en la causa. La viuda, Adriana Nunes Cleusa, quien también resultó atropellada en el mismo incidente, y el hijo del fallecido, Gabriel Colla de Amorim, buscaron revertir el sobreseimiento. La resolución original que benefició a Scheuer había sido dictada a fines de mayo de este año.

En su escrito de apelación, la querella argumentó que el sobreseimiento inicial resultaba “prematuro”. Sostuvieron que en la etapa procesal en la que se encontraba la causa, el magistrado de instrucción no estaba facultado para “sobreseer por duda”. Por ello, presentaron una serie de puntos para que se evaluara la continuidad de la investigación contra la empresaria.


OTRAS NOTICIAS:

Más de 30 mil hinchas festejaron en Palermo el pase de Argentina a la final del MundialMás de 30 mil hinchas festejaron en Palermo el pase de Argentina a la final del Mundial

Sin embargo, los camaristas afirmaron que el evento se produjo en un contexto de ausencia de control finalista por parte de la acusada. El fallo concluyó de manera determinante que no se verificó una acción penalmente relevante que pudiera ser atribuida a Patricia Scheuer. Esta fue la base legal para desestimar la apelación de la familia.

El documento judicial detalla que el episodio epiléptico, si bien no habría implicado una cancelación absoluta de la conciencia, fue idóneo para impedirle ajustar voluntariamente su comportamiento a la realidad. Esto significa que la conductora no pudo controlar el vehículo de manera consciente durante el crítico lapso. La pérdida de dominio sobre sus acciones fue el factor exculpatorio central.


OTRAS NOTICIAS:

Boca Juniors encontró respuestas en el segundo tiempo para eliminar a Sarmiento en Copa ArgentinaBoca Juniors encontró respuestas en el segundo tiempo para eliminar a Sarmiento en Copa Argentina

Esta conclusión se apoya en un informe elaborado por la Junta Médica del Cuerpo Médico Forense. En su análisis intervinieron peritos tanto de una de las querellas como de la defensa de la imputada. El reporte de los especialistas indica que “no es posible descartar que Scheuer haya tenido una crisis focal con pérdida de conciencia al momento del hecho investigado”.

Además del análisis médico, los jueces descartaron otras hipótesis alternativas que podrían haber influido en el resultado fatal. Se investigó si la imputada estaba utilizando su teléfono celular en los minutos previos al hecho. Las pericias demostraron que el dispositivo se encontraba “en reposo”, con la pantalla apagada y bloqueado.


OTRAS NOTICIAS:

fotograma vidoe de MadonnaUn video de Messi y Scaloni bailando al ritmo de Madonna superó el millón de vistas


La confirmación del sobreseimiento fue argumentada por los jueces Pablo Lucero y Rodolfo Pociello Argerich. Los magistrados expusieron los puntos que llevaron a ratificar el dictamen en un extenso escrito de 18 páginas. En este documento detalla el análisis de toda la evidencia y los fundamentos de la decisión final.

Te puede interesar
Suscribite al newsletter de #LA17