
Confirman la prisión perpetua para el cómplice del doble crimen del diputado Olivares y su asesor
Actualidad24/09/2026
REDACCIÓNEl TSJ de la Ciudad de Buenos Aires ratificó la máxima pena a Juan Jesús Fernández, condenado como partícipe del ataque frente al Congreso.



El ataque ocurrió alrededor de las 6:50 de la mañana, mientras el diputado Héctor Olivares y su asesor Miguel Yadón realizaban su caminata habitual por la plaza del Congreso. Al pasar junto a un vehículo Volkswagen Vento, el conductor, Juan Jesús Fernández, bajó la ventanilla para que su primo, Juan José Navarro Cádiz, disparara contra ambos.
Como resultado del ataque, se confirmó que el asesor recibió tres impactos de bala en la zona del cuello, la axila y la pelvis. Por su parte, el diputado Olivares resultó herido en el abdomen y en su brazo derecho.


OTRAS NOTICIAS:
Inmediatamente después de los disparos, ambos agresores descendieron del automóvil para observar la escena por unos minutos. Luego, Navarro Cádiz se retiró a pie hacia su domicilio, mientras que Fernández volvió a subir al auto, contactó a un familiar y se dirigió a una cochera en la calle Bartolomé Mitre al 1400 para dejar el rodado.
En septiembre de 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 9 había condenado a Fernández a la pena máxima del Código Penal. En esa misma resolución se le fijó una pena de 45 años de reclusión al autor material de los disparos, Juan José Navarro Cádiz.
OTRAS NOTICIAS:
Navarro Cádiz falleció en septiembre de 2023 en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz. Fernández, en cambio, fue considerado partícipe necesario del delito de homicidio agravado por alevosía, reiterado en dos ocasiones.
Este jueves, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires ratificó la condena a prisión perpetua para Fernández. La decisión se tomó al desestimar una queja presentada por su defensa contra el fallo de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.
OTRAS NOTICIAS:
Los abogados del condenado habían cuestionado el agravante de la alevosía y la validez constitucional de la reclusión perpetua. Sostenían en su argumentación que Fernández“desconocía las intenciones” del autor de los asesinatos.
Por otra parte, el fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires advirtió sobre “diferencias formales insalvables” y “el incumplimiento del requisito de autosuficiencia técnica” en la presentación realizada por la defensa. El TSJ concluyó que los abogados no rebatieron el razonamiento de la Cámara ni demostraron que la respuesta a sus planteos fuera insuficiente.















