
¿Por qué la Corte revocó el fallo contra DNU de Milei para la venta de tierras a extranjeros?
Política30/09/2026
REDACCIÓNLa Corte revocó fallo contra el DNU al considerar que la entidad demandante carecía de legitimación, sin expedirse sobre la validez del decreto.



La Corte Suprema de Justicia revocó el fallo que había declarado la inconstitucionalidad del artículo que derogó la Ley de Tierras al argumentar que la entidad demandante no contaba con legitimación. Según el pronunciamiento del tribunal, frente a la “clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia”.
Desde París, el presidente Javier Milei se refirió por primera vez a la resolución del máximo tribunal durante su participación por videoconferencia en el Coloquio de IDEA. «Lo que decida la Corte Suprema es decisión de ella. Yo no tengo que meterme. Después vivimos llorando republicanismo», sostuvo el mandatario nacional. En esa misma línea, agregó que le parece fantástico que la Corte falle lo que considere correcto respecto de la Constitución.


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La decisión de la Corte dejó firme el artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/23, que había derogado la denominada Ley de Tierras Rurales. El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Por otra parte, el tribunal aclaró que su pronunciamiento se limita estrictamente a la falta de legitimación de la actora y la ausencia del requisito de “caso o controversia”. De esta manera, precisó que la decisión “no supone abrir juicio sobre la validez constitucional” del artículo del DNU ni implica una interferencia sobre la intervención del Poder Legislativo.
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En el texto de la sentencia, la Corte Suprema advirtió sobre la actuación de tribunales inferiores en este tipo de causas. “A pesar de que existe una clara y reiterada jurisprudencia de esta Corte respecto de los recaudos constitucionales para la configuración del caso judicial, todavía existen tribunales nacionales que insisten en reconocer legitimaciones notoriamente alejadas de ella”, señaló el fallo.














