La Corte Suprema ratificó que lo municipios no pueden delegar impuestos en privados

Política15/10/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El máximo tribunal declaró inadmisible un recurso del Municipio de Bariloche que buscaba validar la transferencia de la potestad tributaria a una empresa privada.

Corte Suprema de Justicia de la Nación
Corte Suprema de Justicia de la Nación

La Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible un pedido del Municipio de San Carlos de Bariloche que pretendía defender la delegación de la determinación y recaudación de impuestos en una empresa privada. El máximo tribunal aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para rechazar el planteo.

Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte dejó firme un fallo que sostiene que un municipio carece de atribuciones para dejar en manos de una firma privada la determinación y recaudación de sus tributos. El caso discutió si la Municipalidad podía delegar válidamente en una empresa el relevamiento, verificación y constatación de hechos imponibles para derechos de publicidad y propaganda.


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La disputa se originó cuando la firma Pepsico Argentina SRL cuestionó una deuda tributaria reclamada por el municipio en concepto de derechos de publicidad y propaganda por los períodos 2016 a 2018. Tanto la justicia local como el Tribunal Superior de la provincia de Rio Negro concluyeron que la municipalidad carecía de tal atribución.

En ese marco, los tribunales provinciales confirmaron la nulidad de las disposiciones y resoluciones que reclamaban el pago. Esto se debió a que las deudas habían sido labradas por personal que no eran funcionarios, lo que les quitaba valor como instrumento público.


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