
Chubut aprobó ley de jueces de refuerzo con reparos de la oposición por garantías
Política16/10/2026
REDACCIÓNLa Legislatura de Chubut aprobó la ley de jueces de refuerzo para agilizar causas, con reparos por garantías constitucionales en su designación.



El presidente del bloque Arriba Chubut, Juan Pais, planteó sus reparos técnicos sobre el rol institucional de los jueces de refuerzo que incorpora una nueva ley provincial. El legislador manifestó que es fundamental evitar diferencias entre magistrados titulares y temporales, enfatizando que «No podemos tener jueces de primera y jueces de segunda».
La norma, aprobada por la Legislatura de Chubut, permite incorporar jueces temporales para intervenir en tribunales con demoras en los plazos legales. La diputada Paulina Hogalde, quien presentó el proyecto, explicó que la iniciativa busca «garantizar que se cumplan con los plazos legales y la regularidad también del servicio de justicia».


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El Superior Tribunal de Justicia podrá disponer la intervención de estos magistrados cuando detecte necesidades en determinados órganos judiciales o a pedido de los propios tribunales. Su participación no se limitará a la resolución final de los expedientes, pudiendo colaborar durante todo el proceso para reducir las dificultades que afectan el funcionamiento.
La ley establece que los jueces de refuerzo podrán actuar por un máximo de un año, con el fin de atender necesidades específicas sin que el cargo se convierta automáticamente en permanente. Si las razones que motivaron su incorporación persisten al cumplirse este plazo, el Superior Tribunal deberá analizar otras alternativas.
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El procedimiento de designación de estos magistrados fue uno de los aspectos detallados durante el debate legislativo. Los postulantes deberán pasar por los mecanismos del Consejo de la Magistratura y cumplir los mismos requisitos que los jueces titulares, además de que sus pliegos deben ser enviados a la Legislatura, conforme al artículo 166 de la Constitución provincial.
Juan Pais también sostuvo que «La temporalidad de su designación no impide ni obsta que el pliego sea remitido a la Legislatura». El diputado vinculó este requisito con las garantías que deben tener los ciudadanos cuyos expedientes queden a cargo de los nuevos magistrados, buscando que la agilización de causas no disminuya las exigencias constitucionales.
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En caso de que el refuerzo temporal no sea suficiente, el Superior Tribunal tendrá un plazo de 60 días para evaluar la creación de nuevos órganos jurisdiccionales. Esta previsión introduce una instancia de revisión para determinar si la dificultad requiere una asistencia transitoria o una ampliación estable de la estructura judicial.















