CAYÓ LA LEY DE ALQUILERES... ¿Y AHORA QUE PASA?

La controvertida Ley fue discutida en los últimos dos años en el Congreso, sin acuerdos concretos y ahora quedó sin efecto por el Mega DNU de Javier Milei.

Actualidad29 de diciembre de 2023Christian DeviaChristian Devia
Alquiler. imagen ilustrativa
Sin Ley de Alquileres

Este 29 de diciembre marca un hito en el mercado de alquileres en Argentina, ya que el DNU 70/2023 de desregulación económica, impulsado por el presidente Javier Milei, entra en vigencia, transformando por completo las reglas que rigen los contratos de alquiler en el país.

Debido a la falta de tratamiento del Mega DNU presidencial por parte de ambas cámaras del Congreso, la Ley de Alquileres, debatida sin resultados en los dos últimos, queda caduca, aunque cabe aclarar que será hasta tanto Diputados y Senadores se pronuncien al respecto, durante las próximas sesiones.

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Puntos Clave de la Nueva Legislación y cómo afectarán a inquilinos y propietarios:

Plazo de Contratos

  • Antes: Plazo mínimo de tres años.
  • Ahora: El plazo es acordado por las partes o, por defecto, de dos años.

Ajuste del Valor de Alquileres 

  • Antes: Ajustes anuales bajo el ICL o semestrales bajo el índice Casa Propia.
  • Ahora: Las partes pueden pactar libremente el ajuste utilizando cualquier índice.

Moneda del Contrato

  • Antes: Los contratos debían realizarse en pesos argentinos.
  • Ahora: Se permite cualquier moneda.

Registro en AFIP

  • Antes: Obligatorio registrar los contratos en la AFIP.
  • Ahora: Esta obligación ya no existe.

Rescisión del Contrato

  • Antes: Condiciones específicas para la rescisión por parte del inquilino.
  • Ahora: El inquilino puede rescindir en cualquier momento con el pago del 10% del saldo del canon locativo futuro.

En general, el DNU otorga mayor autonomía y flexibilidad en la negociación y formulación de contratos, permitiendo acuerdos más personalizados, aunque también plantea desafíos y preguntas sobre la protección de los derechos de inquilinos y propietarios. Los cambios significativos requieren una adaptación por parte de ambas partes involucradas en los contratos de alquiler.

   

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