MARTINI ACUSA A GÓMEZ DE “NO FUNDAMENTAR” LA ACUSACIÓN

La polémica jueza respondió a los argumentos de la fiscalía, cuestionando su falta de fundamentación en el pedido de pena para acusados de incendios en Rawson.

Rawson30 de agosto de 2024Sergio BustosSergio Bustos
incendio casa gobierno
Sigue la polémica por los incendios.

Tras otorgar la suspensión del juicio a prueba a cinco imputados por los incendios de diciembre de 2021 en Rawson, la jueza María Laura Martini expuso en detalle los fundamentos de su fallo, señalando críticas a la falta de fundamentación de la Fiscalía, contradicciones, antecedentes falsos y la ausencia del Estado como parte damnificada en la audiencia.

Ante las críticas recibidas por su decisión, el Colegio de Juezas de la capital, integrado por Martini junto con Karina Breckle y Eve Ponce, se comunicó con el diario Jornada para explicar los argumentos de la resolución. Aunque Martini optó por no conceder entrevistas, ofreció aclaraciones sobre los aspectos técnicos de las probation otorgadas, así como detalles que hasta ahora no se habían revelado.

Martini explicó en su resolución que, durante la audiencia del 22 de agosto, la defensa de los acusados "realizó una pormenorizada exposición" para cada uno de ellos y presentó propuestas de reparación. Sin embargo, según la jueza, frente a cada propuesta, la fiscal Florencia Gómez "no brindó argumentos concretos" para justificar su rechazo.

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"Tampoco justificó, a pesar de que la pretensión punitiva oscilaba entre un año y ocho meses de prisión y cuatro años de prisión (esta última partiendo de un mínimo de un año), por qué consideraba inaplicable una pena de ejecución condicional, o por qué, pese a esta posibilidad, debía llegarse a un debate oral y público", señaló la magistrada.

En su fallo, Martini también indicó que el Ministerio Público Fiscal se presentó en la audiencia "sin los informes actualizados de antecedentes de sus acusados". Los antecedentes fueron entregados a la jueza al día siguiente, y se corroboró que ninguno de los imputados que solicitó la suspensión del juicio a prueba tenía antecedentes penales. "Esto robustece la posibilidad de aplicación de una condena en suspenso, más aún considerando las pretensiones punitivas", argumentó Martini.

La Fiscalía tampoco presentó ninguna valoración sobre las ofertas de reparación ni aportó un estimado de los daños o bienes sustraídos. Martini recordó que los delitos imputados fueron por daños y hurtos agravados: "En el caso de los daños, fueron vidrios, persianas y un móvil policial; y en el caso de los dos hurtos agravados, fueron 'un matafuego' y 'un bidón para dispenser de 20 litros'". Ninguno de los cinco imputados fue acusado de incendiar nada.

"Fiscalía no presentó un dictamen negativo debidamente fundado. Solo invocó un interés público prevalente basado en la gravedad de los hechos", añadió Martini en su fallo. La fiscal Gómez apeló al "sentimiento de inseguridad en la comunidad y la insatisfacción social con las soluciones alternativas". Pero para la magistrada, sin fundamentos sólidos, ambos conceptos podrían aplicarse a cualquier delito.

"No desconozco que las circunstancias que rodearon estos hechos fueron graves, pero los delitos aquí imputados son menores, al igual que las penas pretendidas", señaló la resolución. "Sin embargo, no se brindaron fundamentos para un dictamen negativo general y extensivo a cada propuesta".

La Fiscalía también citó el caso de Matías Schierloh como antecedente para oponerse a la probation. Schierloh, un docente, fue condenado por avivar el fuego durante los incidentes. No obstante, Martini aclaró que en ese juicio el delito imputado fue más grave: incendio intencional con peligro común para los bienes, cuya pena era de 5 años de prisión.

La jueza también destacó un hecho llamativo: ya hubo dos personas sobreseídas por los incendios de Rawson después de que la Fiscalía aceptara un "pedido de disculpas". A estos se les imputaba atentado contra la autoridad agravado por el número de participantes y el uso de arma impropia. "¿En esos casos, la gravedad del contexto no era la misma que la invocada ahora para un dictamen desfavorable a la suspensión del juicio a prueba?", se preguntó Martini en su resolución.

Aunque Martini no cuestiona la salida alternativa para esos dos acusados, el dato "permite sostener aún más la necesidad de una debida fundamentación para un dictamen desfavorable frente a las propuestas que cumplen con los demás requisitos de admisibilidad".

La fiscal también citó a su favor un fallo reciente en un caso similar, "Aguilera Gustavo, José M-de Infraestructura, Energía y Planificación s/ denuncia daños", asegurando que también le daba la razón. No obstante, Martini descubrió que esa sentencia aún no existía oficialmente, ya que ese mismo día la Oficina Judicial había enviado la carpeta al Superior Tribunal de Justicia para que interviniera en las impugnaciones de la Fiscalía. "Es decir, invocó en su favor una resolución que, a la fecha, era inexistente", cuestionó la jueza.

Además, desde la Fiscalía de Estado, parte damnificada, no hubo "oposición concreta y fundada". Aunque estaban notificados, no se constituyeron como querellantes ni asistieron a la audiencia. La fiscal Gómez informó que, por teléfono, le indicaron que se opondrían a "cualquier propuesta de la Defensa". Martini concluyó: "No se cuenta con una oposición seria y fundada por parte de la damnificada, que incluso antes de escuchar los pormenores de las propuestas planteadas, adelantó su rechazo telefónicamente".

   

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