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CONFIRMAN CONDENAS A VARIOS EX FUNCIONARIOS DASNEVISTAS
El Superior Tribunal de Justicia rechazó las impugnaciones presentadas por los condenados en la causa que investigó corrupción en la obra pública.
Policiales27 de septiembre de 2024Sergio BustosEl Superior Tribunal de Justicia declaró improcedentes las impugnaciones extraordinarias presentadas por los defensores de Víctor Hugo Cisterna, Gonzalo Carpintero, Martín Bortagaray y Alejandro Pagani, todos condenados en la Causa Revelación.
La Causa Revelación investigó hechos de corrupción durante el gobierno de Mario Das Neves, centrados en el pago de retornos de obras públicas por parte de empresarios a funcionarios provinciales. Las condenas impuestas a estos exfuncionarios fueron confirmadas.
Votaron los ministros Camila Banfi Saavedra, Alejandro Panizzi y Ricardo Napolitani, quienes ratificaron las sentencias dictadas por la Cámara Penal de Trelew. El fallo absuelve a algunas personas, pero confirma la redeterminación de penas para Cisterna y Pagani.
En el caso de Carpintero y Bortagaray, se mantuvieron las sentencias impuestas durante el juicio. La defensa de ambos intentó cuestionar la constitucionalidad de la figura de asociación ilícita utilizada en el proceso.
Banfi Saavedra y Napolitani coincidieron en que la asociación ilícita es constitucional, respaldando así su uso en el juicio. Banfi explicó que este delito genera alarma pública al afectar la tranquilidad y la paz social.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya había declarado constitucional la figura de asociación ilícita, argumentando que no requiere la consumación de otros delitos, sino la existencia de planes delictivos.
Napolitani, en su voto, sostuvo que la organización de un grupo con fines delictivos es suficiente para condenar, sin necesidad de un régimen formal o que sus miembros se conozcan entre sí.
El tribunal también destacó que la mera pertenencia a una asociación ilícita pone en peligro el orden público, justificando así la pena aplicada a los condenados.
La Causa Revelación tuvo gran impacto Chubut. Se demostró un esquema de corrupción donde los empresarios de la construcción pagaban sobornos a cambio de adjudicaciones de obra pública.
Las penas impuestas a los condenados incluyen penas de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos, según la gravedad de los hechos cometidos.
El Superior Tribunal de Justicia desestimó los argumentos de las defensas que pedían la inconstitucionalidad del delito de asociación ilícita. La resolución fortalece el criterio de los tribunales inferiores.
Finalmente, el fallo ratifica que la participación en este tipo de asociaciones no solo afecta el orden público, sino que socava la confianza de la sociedad en sus instituciones.
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