Conceden arresto domiciliario a Fernando Collor de Mello por razones humanitarias

Policiales05/05/2025Sergio BustosSergio Bustos
fernando collor de melo
Fernando Collor de Melo.

Fernando Collor de Mello no dormirá más en una celda. La máxima instancia judicial de Brasil decidió que el exmandatario cumpla la condena impuesta en su domicilio. El Supremo Tribunal Federal resolvió conceder el arresto domiciliario por motivos humanitarios.

El expresidente brasileño fue condenado en 2023 a ocho años y diez meses de prisión. El fallo fue por corrupción pasiva y lavado de activos, tras una causa que escaló durante años. Collor ocupó la presidencia entre 1990 y 1992. Su mandato terminó de forma abrupta, con un juicio político.

Durante meses, la defensa intentó evitar que la sentencia se hiciera efectiva. El equipo jurídico presentó varias apelaciones y pedidos de revisión. La justicia postergó la ejecución hasta que la semana pasada un juez federal ordenó su detención inmediata.

Tras esa orden, agentes detuvieron al expresidente. Lo trasladaron a una dependencia penitenciaria. Allí permaneció mientras se tramitaba un nuevo pedido urgente. Su defensa solicitó cumplir la condena en su vivienda por razones médicas.

El argumento central del pedido fue la salud de Collor de Mello. La defensa expuso informes clínicos y detalló múltiples enfermedades. Collor tiene 75 años y sufre Parkinson, apnea severa del sueño y trastorno afectivo bipolar.


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El juez Alexandre de Moraes evaluó la solicitud. Analizó los documentos médicos y las circunstancias personales. Consideró además los principios constitucionales. “La dignidad de la persona humana habilita esta medida”, fundamentó en su fallo.

El magistrado recordó que la justicia penal no debe vulnerar derechos básicos. Afirmó que la salud del condenado no permite una estadía carcelaria prolongada. La situación requería una respuesta excepcional. “Es posible conceder el arresto domiciliario humanitario”, expresó.

El Ministerio Público Federal no se opuso. Respaldó la decisión con base en criterios de proporcionalidad. La fiscalía valoró los informes médicos presentados por la defensa. No planteó objeciones legales ni éticas a la medida.

El arresto domiciliario no implica libertad plena. El Supremo Tribunal estableció condiciones rigurosas. Fernando Collor de Mello deberá portar una tobillera electrónica. No podrá salir del domicilio bajo ningún motivo.

Además, se le prohibió recibir visitas sin autorización judicial. Solo podrán ingresar familiares directos, médicos y abogados. Toda persona deberá figurar en una lista habilitada. Las sanciones por incumplimiento serán inmediatas.

También se ordenó el retiro del pasaporte. Collor no podrá viajar ni abandonar el país. El documento quedó bajo resguardo judicial. La justicia supervisará todos sus movimientos. El control será estricto y permanente.


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La defensa del expresidente emitió un comunicado tras el fallo. En el texto destacó la decisión del juez Alexandre de Moraes. “Recibimos la decisión con serenidad y alivio”, señalaron. El documento fue citado por CNN Brasil.

El caso de Collor no es uno más. Fue el primer presidente electo por voto directo tras la dictadura. En 1990 asumió con expectativas de cambio. En 1992 terminó envuelto en denuncias de corrupción.

El juicio político que provocó su salida marcó una etapa. La imagen de Collor se asoció al desgaste institucional. Su figura permaneció en la memoria colectiva. El fallo de hoy reactiva ese recuerdo.

Muchos sectores expresaron opiniones tras conocerse la medida. Algunos consideraron justo el arresto domiciliario. Otros lo vincularon con privilegios judiciales. El debate social volvió a plantear el trato diferenciado para exfuncionarios.

Medios brasileños compararon el caso con otras situaciones similares. La justicia brasileña ya otorgó arrestos domiciliarios en situaciones excepcionales. En la mayoría de los casos se evaluaron condiciones de salud y edad.

El uso de medidas alternativas se transformó en una herramienta judicial. Permite aplicar penas sin vulnerar derechos fundamentales. A la vez, evita sobrecargas carcelarias. Pero cada resolución reactiva la tensión pública.

Organismos de derechos humanos respaldaron la decisión. Recordaron que el Estado debe garantizar el respeto por la integridad física. La cárcel no puede agravar enfermedades ni provocar deterioro extremo.

Sin embargo, la causa que condenó a Collor no desaparece. La sentencia sigue firme y sus efectos legales se mantienen. El arresto domiciliario no implica impunidad ni perdón. Es solo una forma distinta de cumplir la pena.


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La Corte aclaró que el beneficio es revocable. Si el expresidente viola alguna condición, se reactivará la pena en prisión. La vigilancia electrónica será clave para garantizar el cumplimiento del fallo.

Collor de Mello no volverá a participar de la vida pública. La condena lo inhabilita para ejercer cargos políticos. La decisión judicial cierra así el último capítulo institucional de su carrera.

En los próximos días, organismos judiciales fiscalizarán su lugar de detención. El sistema electrónico reportará los movimientos. La justicia recibirá reportes constantes sobre su salud y comportamiento.

La prensa internacional también reaccionó. Varios portales destacaron el fallo por su simbolismo. El caso de Collor refleja una etapa de Brasil. Un pasado cercano, donde el poder se mezcló con la corrupción.

El presente lo muestra solo, con vigilancia, en su casa. Un expresidente condenado por corrupción no irá a prisión. Pero tampoco escapará de la justicia.

   

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