
Una jueza le prohibió ingresar al país a un padre que debe alimentos desde hace más de un año
Policiales07/08/2025
REDACCIÓN
No tiene bienes en el país, ni ingresos registrados. Tampoco responde notificaciones. Hace más de un año que acumula deuda por alimentos para su hijo menor. Ahora, no podrá entrar a la Argentina hasta que pague.


La jueza Paula Fredes, al frente de la Unidad Procesal N°11 de Familia de Viedma, tomó una decisión contundente: prohibió el ingreso al territorio nacional a un padre que reside en Medio Oriente hasta que salde una deuda superior a los cuatro millones de pesos.
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“No existe otra medida más eficaz para garantizar el cumplimiento de la obligación alimentaria”, fundamentó la magistrada en la resolución, tras comprobar el incumplimiento deliberado y reiterado por parte del progenitor.
La deuda se arrastra desde mayo de 2024. El hombre, desvinculado de la crianza del niño, ignoró las citaciones judiciales y hasta una notificación enviada por WhatsApp.
El fallo apunta a proteger al menor y a la madre, quien afronta sola todos los gastos cotidianos. En ese sentido, la jueza consideró que el comportamiento del deudor representa una forma de violencia económica hacia la madre del niño, por la carga que recae exclusivamente sobre ella.
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La resolución se ampara en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que habilita a los jueces a adoptar medidas razonables para asegurar el cumplimiento de obligaciones alimentarias. También invoca el artículo 98 del Código Procesal de Familia de Río Negro, que permite sanciones no económicas en casos de incumplimiento.
La Dirección Nacional de Migraciones ya recibió la orden para impedir el ingreso del deudor hasta que pague o garantice el pago mediante una caución real. La notificación oficial se realizó por vía telefónica y también se enviará por correo electrónico.
Fuente: NoticiasNet
















