

En la ciudad de Puerto Madryn se puso en marcha este martes un proceso judicial que vuelve a poner en primer plano la figura del jurado popular. Un grupo de ciudadanos seleccionados por sorteo deberá pronunciarse sobre la culpabilidad o no de dos hombres acusados de un homicidio.


La causa, registrada con el número 11.275, investiga la muerte de Marcos Brione, ocurrida el 31 de enero de 2024 en el barrio 159 Viviendas. Según la hipótesis de la acusación, Brione fue atacado en plena vía pública y recibió una puñalada mortal en la intersección de Castro y Muzzio.
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Los acusados son Augusto Barrios y Fredy Flores, quienes llegan a esta instancia señalados como responsables del hecho. Para ellos, la definición del jurado será determinante, ya que se trata de un delito con pena de prisión perpetua en caso de condena.
El debate se lleva adelante en la Sala de Audiencias de la Oficina Judicial y está bajo la dirección del juez técnico Francisco Marcelo Orlando, encargado de garantizar el cumplimiento de las normas procesales y guiar a los jurados en aspectos legales sin incidir en la decisión final.
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El Ministerio Público Fiscal está representado por las fiscales Ivana Berazategui y Eugenia Vottero, acompañadas en la tarea por el abogado Nelson Arnulfo García. Ellos sostienen la teoría de que la víctima no tuvo posibilidad de defensa ante el ataque que le provocó la muerte.
Por parte de los acusados, las defensas presentan estrategias diferenciadas. Uno de ellos es asistido por las defensoras públicas María Laura Martensen y Natalia Murillo, mientras que el otro está representado por la defensora particular Gladys Olavarría. Todos buscarán persuadir al jurado de la inocencia de sus defendidos.
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El sistema de juicio por jurados, vigente en Chubut, implica que doce personas comunes escuchen las pruebas, los alegatos y los testimonios para luego deliberar en secreto. Su decisión deberá ser unánime o alcanzar una mayoría calificada para tener validez.
Este mecanismo de juzgamiento, que se aplica a delitos graves, refuerza la participación ciudadana en el proceso penal. El jurado es quien define la verdad judicial, mientras que el juez se limita a dirigir la audiencia y dictar la pena en caso de condena.


















