DECLARARON CULPABLE POR ABUSO SEXUAL A JUAN ALE, EX DIPUTADO Y JEFE DE POLICÍA

Declarado culpable por los delitos cometidos contra dos menores, el ex jefe de la Policía del Chu...

Actualidad 20 de agosto de 2020 Roxana Etcheverry

Declarado culpable por los delitos cometidos contra dos menores, el ex jefe de la Policía del Chubut conocerá el próximo 31 de agosto, la pena que le corresponde. La defensa del imputado había solicitado la nulidad de la acusación.




El tribunal integrado por los Dres. Gustavo Castro, Marcelo Orlando y Marcela Pérez, declaró por unanimidad, que el ciudadano Juan Luis Ale es autor materialmente responsable del delito de abuso deshonesto contra M.F.M, y del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, en perjuicio de M.B. M.

La defensa del imputado había solicitado la nulidad de la acusación señalando que en el caso de M.B.M su exposición presentada en Fiscalía el 20 de diciembre de 2017 no reunía los alcances de una “denuncia".

La representante del M.P.F. solicitó se rechace tal planteo, remitiéndose a los dichos vertidos por la víctima en el marco de su declaración testimonial y la falta de exigencias formales en lo inherente al acto de instar la acción.

Luego de analizar los argumentos de las partes, el Tribunal corroboró la existencia de la denuncia, como así también el examen psicodiagnóstico realizado a la denunciante, de todo lo cual, surge inequívocamente su voluntad de poner en conocimiento de la autoridad competente el hecho que la damnificara.

En cuanto a la materialidad y autoría de los hechos traídos a proceso, el Tribunal consideró que de la declaración brindada por ambas víctimas, M.F.M., bajo la modalidad de cámara gessel, y M.B.M. en el marco de su declaración testimonial ante este Tribunal, encuentran respaldo en la restante prueba producida durante las jornadas de debate.

En la oportunidad  M.F., pudo develar los hechos que la damnificaran en su infancia, a partir de sus propios dichos y convalidados por una amiga a quien le contó que a partir de los 9 años había sido abusada sexualmente por quien entonces era la pareja de su mamá.

En su resolución, los magistrados pusieron especial atención a la extensión en el tiempo de los hechos de abusos, y que, según la narración de las víctimas, consistían en reiterados episodios de tocamientos en sus partes íntimas y otras conductas con connotación sexual.

El tribunal valoró el testimonio de los psicólogos que atendieron a las víctimas en relación a los testimonios ofrecidos por las denunciantes y los tratamientos practicados debido a los episodios de angustia, inestabilidad emocional y trastorno depresivo que padecen, todo vinculado con la situación de abuso sexual que sufrieran.

El Tribunal consideró que “ambas jóvenes, han dado cuenta de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieran los hechos atribuidos al imputado, los cuales en los términos expuestos resultan coincidentes con la acusación fiscal, desde el momento en que se van vivir con el imputado, luego de la separación de sus padres, ello es a fines del año 1998 y se extendieron hasta el año 2001 cuando su madre se separa del imputado”.

El Tribunal entiende que en relación a la joven M. B. M., el imputado resulta autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, previsto y reprimido por el art. 119, 2° párrafo C.P.N., según ley 25.087, siendo que en relación a la misma los hechos que la damnificaran ocurrieron en el último domicilio en que convivieron con el imputado, momento en el cual se encontraba vigente la citada ley.

El Tribunal informó que la audiencia de cesura de pena se llevará a cabo el próximo lunes 31 de agosto.

Fuente Diario El Chubut

   

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