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# Implementan un nuevo régimen para regular armas semiautomáticas de uso deportivo

![Armas semiautomáticas](/download/multimedia.normal.805ab93b7c902398.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Armas semiautomáticas*

El **Registro Nacional de Armas (RENAR)**estableció un nuevo marco normativo para**la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas de uso deportivo, derivadas de modelos militares,** con el objetivo de reforzar los mecanismos de control y asegurar su uso exclusivo en ámbitos autorizados. La medida, formalizada mediante la Resolución 37/2025 publicada en el Boletín Oficial, redefine los requisitos para quienes pretendan poseer este tipo de armamento y actualiza procedimientos que hasta ahora estaban regulados por disposiciones dispersas.

El nuevo régimen alcanza a **fusiles, carabinas y subametralladoras de asalto con cargadores removibles**, siempre que sean de calibre superior al .22 LR, categoría considerada de **“uso condicional”** dentro de la legislación vigente. A partir de esta resolución, **solo podrán acceder a la autorización los legítimos usuarios con antecedentes comprobados** en actividades deportivas**y un historial limpio** ante el organismo.

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La normativa exige que los solicitantes acrediten al menos **cinco años de antigüedad como legítimos usuarios**, además de**carecer de sanciones o antecedentes** vinculados con el uso indebido de armas. También deberán **presentar una declaración jurada, documentación que respalde su participación en competencias de tiro y disponer de un sector de guarda homologado** que cumpla con los estándares de seguridad establecidos por el RENAR.

**El trámite estará sujeto al pago de una tasa**equivalente a la prevista para la “Tenencia Express” y la Tarjeta de Consumo de Municiones, y será evaluado bajo un régimen de fiscalización especial. Esta instancia incluirá **inspecciones presenciales y verificación del lugar de almacenamiento,** además del seguimiento digital de las armas registradas en cada entidad de tiro o usuario autorizado.

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Según explicó el organismo, **la resolución busca ordenar y transparentar la tenencia responsable de materiales de mayor riesgo,**unificando criterios dispersos y reforzando el control administrativo y técnico sobre este tipo de armamento. La intención es que el uso deportivo se mantenga dentro de los límites legales, **evitando que las armas semiautomáticas de origen militar ingresen al circuito civil sin trazabilidad.**

El RENAR también recordó que las entidades de tiro deberán garantizar condiciones adecuadas de custodia y control de inventario. **Las asociaciones o clubes que incumplan con el régimen podrán ser sancionados con la suspensión o cancelación de su registro, además de la incautación del material.** Con esta disposición, el Estado busca fortalecer la política de trazabilidad y uso racional de armas en el país.

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**La resolución 37/2025 reemplaza a las normas anteriores sobre armas semiautomáticas** y se inscribe en una política más amplia de control de materiales bélicos, que apunta a compatibilizar el derecho al uso deportivo con la seguridad pública.

Fuente: NA.

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