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title: "La UIF refuerza los controles para congelar fondos y prevenir la financiación del terrorismo"
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description: "La nueva resolución obliga a entidades financieras y aseguradoras a reportar operaciones sospechosas y aplicar bloqueos inmediatos sin orden judicial."
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date_published: "2025-11-04T10:01:00-03:00"
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tags:
  - "lavado de activos"
  - "prevención"
  - "terrorismo"
  - "trazabilidad"
  - "UIF"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Actualidad"
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# La UIF refuerza los controles para congelar fondos y prevenir la financiación del terrorismo

![Unidad de Información Financiera](/download/multimedia.normal.b979952e5291996f.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Unidad de Información Financiera*

La **Unidad de Información Financiera (UIF)** dio un paso más en la **lucha contra el financiamiento del terrorismo**con la aprobación de una resolución que actualiza los **mecanismos de detección y congelamiento de activos sospechosos.** El organismo estableció un esquema más ágil y estricto, con plazos acotados y procedimientos automáticos que entraron en vigencia este martes con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 207/2025.

El nuevo sistema busca **reaccionar en tiempo real ante movimientos financieros irregulares** vinculados a personas o entidades incluidas en las listas de sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o del Poder Ejecutivo nacional. Para ello, los bancos, aseguradoras, mutuales y otros sujetos obligados deberán **informar a la UIF cualquier operación sospechosa o tentativa en un máximo de 24 horas**, garantizando trazabilidad, registro documental y protección de datos personales.

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La resolución establece que**el congelamiento de fondos o bienes deberá aplicarse de forma inmediata y preventiva, sin requerir autorización judicial.** Esa disposición responde a los estándares internacionales fijados por el **Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI),** que recomienda **actuar antes de que los recursos puedan ser desviados o transferidos hacia redes ilícitas.** Cada institución, además, deberá designar responsables de cumplimiento y contar con equipos especializados en seguridad de la información.

Entre los cambios más relevantes, la norma deroga la antigua **UIF Nº 29/2013** y moderniza el marco técnico con una estructura más compatible con las herramientas digitales actuales. Las entidades financieras y organismos de control deberán **adaptar sus sistemas de monitoreo para registrar cada acción y mantener la información disponible para auditorías administrativas o judiciales.** Las omisiones o incumplimientos podrán derivar en sanciones económicas o la suspensión de licencias de operación.

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El nuevo esquema incorpora, además, **protocolos específicos para prevenir el lavado de activos y la proliferación de armas de destrucción masiva**, ampliando la cooperación con organismos internacionales y reforzando el intercambio de información entre agencias estatales. La UIF destacó que el país busca sostener su alineamiento con las prácticas globales de transparencia y control financiero.

El objetivo, según el organismo, es consolidar un sistema que combine**velocidad de reacción, trazabilidad completa y supervisión estatal sobre los fondos sospechosos.** En ese sentido, la resolución obliga a las instituciones a documentar cada movimiento, justificar los criterios de sospecha y reportar el resultado de las acciones de congelamiento.

Fuente: NA.

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