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title: "La Justicia falló a favor de la inclusión escolar y marcó un precedente en el caso del hijo de Rodrigo Rey"
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description: "El arquero de Independiente obtuvo un fallo ejemplificador tras el amparo que presentó porque una escuela de City Bell no quiso inscribir a sus hijos."
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date_published: "2025-11-23T08:46:00-03:00"
date_modified: "2025-11-23T08:50:23-03:00"
tags:
  - "discriminación"
  - "escuela"
  - "fallo judicial"
  - "Rodrigo Rey"
  - "TEA"
author_name: "Sergio Bustos"
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category_name: "Actualidad"
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# La Justicia falló a favor de la inclusión escolar y marcó un precedente en el caso del hijo de Rodrigo Rey

![rodrigo rey](/download/multimedia.normal.9aeded6facbfbaf1.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Rodrigo Rey y su hijo.*

**El arquero de Independiente, Rodrigo Rey, atravesó una situación que se repite en muchas familias.** Junto a su pareja presentó un amparo contra una escuela de City Bell que no quiso aceptar a sus hijos, uno de ellos con Trastorno del Espectro Autista (TEA). La Justicia respondió con un fallo contundente que reafirma el derecho a la inclusión escolar.

La resolución quedó en manos del Juzgado de Garantías del Joven N°3 de La Plata, que analizó cada punto del reclamo y dio una respuesta categórica. Los jueces entendieron que hubo un caso de discriminación indirecta, porque la negativa del colegio generó un**“impacto desproporcionado por motivos de discapacidad”.**

El fallo ordena**“garantizar la continuidad escolar” de los dos menores, de 8 y 15 años**, quienes quedaron en medio de un conflicto inesperado para la familia. La medida apunta a que ninguno de los chicos quede afuera del sistema educativo por decisiones unilaterales de la institución.

La Justicia fue más lejos y exigió que la escuela asegure la permanencia de los estudiantes **“hasta la finalización de los ciclos educativos”.** Esto implica que la adolescente debe cursar y terminar su secundario, mientras que el niño con TEA debe completar su primaria y su secundaria en un marco estable.

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La resolución también remarca que el menor de 8 años debe acceder a una educación plena, integradora e inclusiva, una definición que **sostiene el espíritu del fallo**y consolida la jurisprudencia en materia de educación y discapacidad.

Los jueces evaluaron que el establecimiento no pudo justificar su decisión. La falta de fundamentos sólidos reforzó la idea de que **la familia fue víctima de un acto discriminatorio**, situación que suele repetirse en distintas jurisdicciones del país.

Organizaciones de padres y especialistas en inclusión escolar ya destacan el valor de esta sentencia. Coinciden en que **“abre una puerta para que más familias reclamen cuando una institución cierra el acceso sin razones válidas”**, una frase que resume el impacto social del caso.

Para Rey y su pareja,**la decisión judicial trae alivio después de semanas de incertidumbre.**También pone sobre la mesa una discusión urgente: la necesidad de que las escuelas garanticen igualdad de acceso sin imponer barreras que excluyen.

**El fallo se convierte así en una referencia para futuros casos** y marca un camino claro. La Justicia decidió que la inclusión no es un concepto abstracto, sino un derecho que debe sostenerse con hechos.

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