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title: "Condenan a un odontólogo por abuso sexual simple y le imponen fuertes restricciones profesionales"
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description: "La jueza Karina Breckle fijó una pena de ocho meses en suspenso, prohibición absoluta de atender menores, capacitaciones obligatorias y tratamiento psicológico."
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date_published: "2025-12-05T12:34:00-03:00"
date_modified: "2025-12-05T12:45:34-03:00"
tags:
  - "abuso sexual"
  - "Chubut"
  - "menores"
  - "restricciones"
  - "Sarmiento"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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category_description: "Conocé los últimos hechos policiales en LU17.com: noticias sobre seguridad, investigaciones y sucesos relevantes de Chubut y toda la Argentina."
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# Condenan a un odontólogo por abuso sexual simple y le imponen fuertes restricciones profesionales

![odontólogo](/download/multimedia.normal.8a0d37dadef3c648.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*odontólogo*

En Sarmiento, un odontólogo de 50 años fue condenado a ocho meses de prisión en suspenso, junto con**una serie de restricciones profesionales y obligaciones terapéuticas que marcarán de manera estricta su actividad laboral** durante los próximos años. La resolución también lo obliga a afrontar el costo total del tratamiento odontológico de la víctima, una adolescente que lo denunció por abuso sexual simple.

La jueza Karina Breckle determinó que el profesional**es autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple,** en el marco de la Ley de Protección Integral de la Mujer. La magistrada remarcó que la combinación de sanción penal y reglas de conducta apunta a proteger a posibles víctimas y a asegurar un control claro sobre su práctica profesional.

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Entre las medidas más relevantes se incluye la**prohibición absoluta de atender pacientes menores de edad, sin distinción de género. E**l odontólogo deberá derivar de forma inmediata cualquier consulta que reciba de una persona menor y evitar así cualquier situación de contacto profesional prohibido por la sentencia.

La resolución también ordena que el consultorio exhiba un aviso visible en recepción y en la puerta del box donde trabaja el profesional, con la leyenda: **“El profesional F.R.F.D. mantiene vigente orden judicial que prohíbe atender pacientes menores de edad”**. La disposición busca garantizar que cualquier persona que ingrese al establecimiento conozca las limitaciones impuestas por la Justicia.

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Además de estas restricciones, la jueza dispuso que el condenado deberá realizar un tratamiento psicológico durante dos años o hasta recibir el alta correspondiente. A esto se suma la**obligación de cumplir 800 horas reloj de capacitaciones sobre Ley Micaela, derechos de niñas, niños y adolescentes, violencia sexual, violencia contra la mujer y ética profesional,** una formación que apunta a modificar conductas y ampliar su perspectiva sobre problemáticas de género.

La sentencia ordena también que el odontólogo asuma el **costo completo de un tratamiento de ortodoncia equivalente al que realizaba a la víctima**, quien podrá elegir al profesional que la atenderá en adelante. Esta reparación económica se vincula con el daño ocasionado y con la interrupción forzada de su tratamiento original.

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El caso se originó tras un hecho ocurrido el 27 de junio de 2023, alrededor de las 10:30, en el consultorio donde el imputado ejercía su actividad. **La víctima, una adolescente de 17 años, denunció al profesional luego del episodio**, lo que activó los protocolos vigentes para estos casos y derivó en la intervención judicial.

Tanto**la identidad de la víctima como la del imputado permanecen reservadas** para evitar procesos de revictimización, una práctica esencial en situaciones vinculadas a delitos sexuales y especialmente cuando se trata de menores de edad.

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