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date_published: "2025-12-05T20:26:00-03:00"
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tags:
  - "abuso"
  - "causa judicial"
  - "Chubut"
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author_name: "REDACCIÓN"
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# Una condena obliga a un odontólogo a dejar de atender a menores por un caso de abuso

![Poder Judicial de Chubut imagen generada por LA17](/download/multimedia.normal.9c8feb6cd70f523c.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Poder Judicial de Chubut imagen generada por LA17*

En **Sarmiento** se realizó una nueva instancia judicial con la sentencia que recayó sobre el odontólogo **F.R.F.D**, quien quedó condenado por el abuso sexual simple cometido contra una adolescente que acudía a su consultorio. En la resolución se dispuso una serie de medidas que buscan fijar límites claros para su actividad profesional, además de un tratamiento psicológico que deberá sostener durante un período prolongado. **La jueza Karina Breckle dictó una condena de ocho meses de prisión en ejecución condicional**, lo que habilitó un esquema de cumplimiento bajo reglas estrictas.

Entre las disposiciones que se notificaron en la audiencia, la magistrada ordenó la **prohibición absoluta de atender a menores de edad**, sin distinción de sexo, lo que implica que cualquier consulta de ese grupo etario deberá derivarse de inmediato a otro profesional. La resolución añadió un punto particular: el consultorio deberá exhibir en un lugar visible la leyenda **“El profesional F.R.F.D mantiene vigente orden judicial que prohíbe atender pacientes menores de edad”**, tanto en la ventanilla de recepción como en la puerta.

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El fallo también estableció que el odontólogo deberá seguir un **tratamiento psicológico durante dos años**, o hasta que el profesional tratante determine el alta. Esta medida se enmarca en la valoración judicial que entendió que la intervención terapéutica puede reducir riesgos y ofrecer un abordaje adecuado, en especial por el impacto del hecho en una paciente de 17 años. **El episodio investigado ocurrió el martes 27 de junio de 2023**, a media mañana, en el mismo consultorio donde el acusado ejercía su actividad cotidiana.

La jueza incorporó además un requerimiento académico que obliga al condenado a completar **800 horas reloj de cursos o capacitaciones** vinculadas con temáticas de derechos, protección integral, ética profesional y violencia sexual. Las formaciones deberán provenir de organizaciones idóneas o universidades con trayectoria y apuntan a revisar prácticas, marcos normativos y responsabilidades en ámbitos de atención sanitaria.

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Otro punto relevante de la sentencia indica que el odontólogo deberá **asumir el costo total de un tratamiento de ortodoncia** equivalente al que la víctima recibía antes del episodio denunciado. La joven podrá elegir al profesional que continuará el procedimiento, y esa decisión quedará cubierta íntegramente por el condenado.

Desde el Ministerio Público Fiscal se recordó que la investigación **reunió pruebas suficientes para sostener la acusación** y describió la secuencia que derivó en la intervención judicial. El hecho denunciado se produjo en el consultorio del profesional, donde la adolescente asistía con regularidad para su tratamiento dental. Los fiscales sostuvieron que la dinámica del caso permitió demostrar la responsabilidad del odontólogo.

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La sentencia no limita su actividad profesional en general, pero sí impone un marco que restringe su contacto con menores, detalla condiciones de **tratamiento psicológico y fija obligaciones económicas hacia la víctima.**El control del cumplimiento quedará a cargo del sistema judicial local, que evaluará cada instancia prevista en la resolución.

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