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title: "Cayó de un colectivo y la Justicia condenó a la empresa con una indemnización millonaria"
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description: "Una pasajera sufrió una caída al descender de un colectivo y la Justicia acreditó fallas en la maniobra del chofer. El fallo responsabilizó a la empresa"
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tags:
  - "indemnización"
  - "transporte público"
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# Cayó de un colectivo y la Justicia condenó a la empresa con una indemnización millonaria

![Accidente](/download/multimedia.normal.83701eadc5c1dc10.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Accidente*

**La Justicia de Morón puso el foco en la seguridad del transporte público.**Un juzgado civil condenó a una empresa de colectivos y a su aseguradora a pagar una indemnización millonaria a una pasajera que cayó de una unidad y sufrió lesiones.

**El episodio ocurrió durante un viaje habitual. La mujer, de 57 años**, viajaba como pasajera cuando pidió bajar en su parada y el colectivo abrió la puerta antes de detener la marcha, seguido por una frenada repentina.

La maniobra generó la caída. **Con la unidad aún en movimiento y la puerta abierta, la pasajera perdió el equilibrio** y cayó sobre la vereda, con un fuerte golpe en la rodilla que motivó asistencia inmediata.

**La demanda apuntó al incumplimiento del contrato de transporte.**La mujer sostuvo que la empresa no garantizó su integridad física y reclamó una reparación económica por los daños sufridos.

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**La empresa negó los hechos y las secuelas.**También intentó limitar la cobertura del seguro y planteó defensas procesales, aunque el tribunal descartó esos argumentos tras analizar la prueba reunida.

**El juez valoró testimonios y registros objetivos.**La tarjeta SUBE acreditó el viaje, la denuncia policial respaldó el relato y un testigo presencial confirmó que “la puerta trasera estaba abierta cuando el colectivo frenó”.

La pericia psicológica resultó determinante. **El fallo reconoció una incapacidad psíquica permanente del 18,75%,** asociada a un cuadro de depresión reactiva moderada vinculado al accidente.

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**El tribunal descartó parte del daño físico reclamado**. No se acreditó el nexo entre una lesión en la rótula y la caída, pero sí se admitieron tratamientos psicológicos y gastos derivados de la atención médica.

**La indemnización superó los quince millones de pesos.** Incluyó montos por incapacidad, tratamiento terapéutico, gastos varios y daño moral, calculados según edad, impacto emocional y parámetros judiciales.

La sentencia reforzó el deber de seguridad. **El juez recordó que el transportista debe proteger al pasajero** y que la empresa solo se libera si prueba una causa ajena, lo que no ocurrió en este caso.

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