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title: "Desde febrero rige una suba de 2,85% en jubilaciones con nuevos montos mínimos y máximos"
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description: "El ajuste mensual por inflación fija nuevos valores para jubilaciones, pensiones y prestaciones del sistema previsional, con cambios en el haber mínimo."
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date_published: "2026-01-26T09:22:00-03:00"
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  - "ANSES"
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  - "jubilaciones"
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  - "seguridad social"
  - "sistema previsional"
author_name: "REDACCIÓN"
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# Desde febrero rige una suba de 2,85% en jubilaciones con nuevos montos mínimos y máximos

![Bono Jubilados](/download/multimedia.normal.b3a03d7c7ecab5e9.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Bono Jubilados*

La actualización de febrero redefine los montos del sistema previsional nacional con una **suba del 2,85%** aplicada a jubilaciones y pensiones. La medida quedó formalizada mediante una resolución de la **Administración Nacional de la Seguridad Social** publicada en el Boletín Oficial y alcanza a todas las prestaciones del **Sistema Integrado Previsional Argentino**.

Con la entrada en vigencia del nuevo cuadro, **el haber mínimo garantizado** se establece en **$359.254,35**, mientras que **el haber máximo** pasa a **$2.417.441,63**. Estos valores rigen desde febrero y ordenan la base sobre la que se calculan y liquidan los pagos del sistema.

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Además del impacto directo sobre jubilaciones y pensiones contributivas, la resolución actualiza **parámetros centrales**. La **Prestación Básica Universal** queda fijada en **$164.342,47**, y la **Pensión Universal para el Adulto Mayor** se establece en **$287.403,48**, destinada a personas de 65 años o más que no reúnen los aportes requeridos para jubilarse.

El incremento responde al esquema de movilidad vigente, que dispone **actualizaciones mensuales** según la variación del **Índice de Precios al Consumidor** difundido por el **Instituto Nacional de Estadística y Censos**. En este caso, el ajuste corresponde a la inflación registrada en **diciembre de 2025**, aplicada con el rezago previsto por la normativa.

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La resolución también precisa el tratamiento de **remuneraciones históricas** para quienes cesen su actividad a partir del **31 de enero de 2026** o, encontrándose en régimen de compatibilidad entre trabajo y jubilación, soliciten el beneficio desde el **1° de febrero**. En esos supuestos, los salarios previos se actualizan mediante índices definidos por la Subsecretaría de Seguridad Social para reflejar su evolución al momento del cálculo inicial.

El esquema mensual de movilidad rige desde **mediados de 2024** y fija que cada aumento se determine por la inflación de dos meses previos. Bajo ese marco técnico, la actualización de febrero consolida los valores vigentes para el conjunto del sistema previsional.

Fuente: LA NACION.

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