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title: "La Corte dejó firme la condena al exintendente pampeano por trata"
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description: "La Corte Suprema dejó firme condena a cinco años de prisión para el exintendente de Colonia 25 de Mayo, David Bravo, por su participación en trata de personas"
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date_published: "2026-02-26T18:50:00-03:00"
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tags:
  - "Cámara de Casación"
  - "Corte Suprema de Justicia"
  - "explotación sexual"
  - "La Pampa"
  - "trata de personas"
  - "Tribunal Oral Federal"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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# La Corte dejó firme la condena al exintendente pampeano por trata

*El máximo tribunal rechazó el último recurso de la defensa y confirmó la pena de cinco años contra David Bravo por permitir prostíbulos en **Colonia 25 de Mayo.***

![Ex intendente de La Pampa quedó con condena firme](/download/multimedia.normal.926338256e6fedd6.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Ex intendente de La Pampa quedó con condena firme*

La **Corte Suprema de Justicia** cerró el camino judicial del exintendente de **Colonia 25 de Mayo**, en **La Pampa**, al declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por su defensa. Con esa decisión, quedó firme la condena a **cinco años de prisión** para **David Bravo** por su participación necesaria en el delito de **trata de personas con fines de explotación sexual**.

El fallo del máximo tribunal ratifica la sentencia dictada por el **Tribunal Oral Federal de La Pampa**, que ya había sido confirmada por la **Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal**. Al no prosperar la queja ante la Corte, la condena adquiere carácter definitivo.

Bravo fue considerado responsable por haber permitido el funcionamiento de los prostíbulos **“Venus”** y **“Karibian”** en la localidad pampeana. La investigación determinó que esos locales operaban pese a que existía una ordenanza municipal, firmada por el propio exjefe comunal, que prohibía la habilitación de cabarets, whiskerías y night clubs en el distrito.

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La causa se originó el **13 de diciembre de 2011**, cuando una joven dominicana denunció ante la Delegación La Pampa de la Dirección Nacional de Migraciones que había escapado de un cabaret en esa ciudad. En su testimonio relató maltratos, amenazas y condiciones de explotación, y sostuvo que otras mujeres atravesaban situaciones similares, incluida una que estaba embarazada.

En la sentencia consta que la denunciante expresó que no recurrió a la policía porque “sabían todo” y que cuando el jefe comunal asistía al cabaret **“le daban mil pesos y él firmaba”.** Esas declaraciones fueron consideradas en el marco de las pruebas analizadas durante el proceso judicial.

Tras tareas investigativas, el **16 de diciembre de 2011** se realizó un allanamiento en uno de los locales nocturnos. Allí se constató la presencia de **diez mujeres**, nueve de nacionalidad dominicana y una argentina. En el predio había habitaciones con varias camas donde residían y se concretaban los llamados “pases”.

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Durante el operativo, la encargada presentó una habilitación municipal bajo el rubro “cabaret”, firmada por Bravo y a nombre de **Nurys Caraballo Castillo** como propietaria. Sin embargo, existía una ordenanza del **3 de septiembre de 2010**, también suscripta por el entonces intendente, que prohibía la habilitación de ese tipo de establecimientos por encubrir el delito de trata y violar la Ley de Profilaxis.

En el mismo expediente fue condenada la mujer que regenteaba los prostíbulos. En cambio, el comisario acusado por encubrimiento agravado resultó absuelto durante el juicio. **Con la decisión de la Corte, la situación judicial del exintendente queda definitivamente sellada.**

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