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title: "Dos juezas frenaron la domiciliaria y ordenaron preventiva por un tiroteo en pleno centro"
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description: "Un tribunal de revisión revocó el arresto domiciliario y ordenó prisión preventiva por tres meses para Andrés González, imputado por tentativa de homicidio."
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  - "arresto domiciliario"
  - "Comodoro Rivadavia"
  - "prisión preventiva"
  - "tentativa de homicidio"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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# Dos juezas frenaron la domiciliaria y ordenaron preventiva por un tiroteo en pleno centro

**La revisión por tentativa de homicidio revirtió el criterio del juez que había morigerado la medida. El imputado Andrés González seguirá preso tres meses.**

![Dos juezas frenaron la domiciliaria](/download/multimedia.normal.903682d50d7d8f2c.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Dos juezas frenaron la domiciliaria*

En **Comodoro Rivadavia**, una discusión que parecía ceñida a tecnicismos judiciales terminó con una decisión que impacta de lleno en la calle: el imputado por un ataque a tiros en la vía pública no seguirá en su casa. Un tribunal de revisión integrado por dos juezas revocó el arresto domiciliario que había reemplazado la prisión preventiva y volvió a ordenar que permanezca detenido. La resolución se dictó en una audiencia de revisión vinculada a una causa por **tentativa de homicidio**.

El hecho investigado ocurrió el **18 de noviembre de 2025** en el **pasaje Venter**, en el centro de la ciudad, y tiene como imputado a **Andrés Oscar González**. La audiencia se concretó días atrás a pedido de la fiscalía, que cuestionó la decisión previa del juez **Tedesco** de morigerar la medida de coerción. La discusión no giró alrededor de si existió o no el ataque, sino sobre cómo se asegura el proceso mientras la causa avanza.

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El Ministerio Público Fiscal sostuvo que el cambio de preventiva a domiciliaria no contempló elementos que, para la acusación, resultan determinantes. En la audiencia, el funcionario afirmó que se trató de “un hecho grave” porque el imputado “efectúa disparos contra la víctima en la vía pública”, y remarcó la importancia del **Informe Socioambiental**. También señaló que ese informe “dio negativo” y que el domicilio propuesto no resultaba adecuado para garantizar la medida sustitutiva.

Sobre esa base, la fiscalía pidió que el tribunal de revisión interviniera y corrigiera el criterio anterior. Calificó la resolución del juez natural como arbitraria y solicitó que se revoque la morigeración, con un pedido concreto: mantener la **prisión preventiva** por **tres meses**. La argumentación apuntó a un punto central del proceso penal: los riesgos de fuga y de entorpecimiento si el imputado queda en un esquema menos estricto.

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La defensa pública, en cambio, fue por la continuidad del arresto domiciliario. La defensora **Vanesa Vera** solicitó que se mantenga la decisión del juez Tedesco y que el imputado siga bajo esa modalidad. En ese contrapunto, la discusión quedó planteada como una disputa sobre el equilibrio entre el control judicial y la proporcionalidad de la medida, sin que se ventilara aún el fondo del caso.

Luego de deliberar, el tribunal de revisión resolvió revocar la decisión del juez Tedesco con un argumento que aparece textual en la resolución: **“no está debidamente fundamentada”**. Las juezas pusieron el foco en la explicación ausente sobre por qué debía sustituirse la preventiva por un arresto domiciliario. También cuestionaron que no se explicitara de qué modo esa modalidad podría neutralizar los peligros procesales.

En el mismo análisis, el tribunal marcó falencias concretas sobre el domicilio ofrecido para cumplir la domiciliaria. Consideraron que el lugar “no puede asegurar una medida sustitutiva” y advirtieron otra omisión: el juez no fijó un plazo para esa modalidad. Ese combo de observaciones, según la revisión, volvió inconsistente el cambio de régimen y dejó sin sostén una medida que debía ser explicada con mayor precisión.

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Por unanimidad, la revisión terminó con una decisión clara: mantener la **prisión preventiva** de **Andrés González** por **tres meses**. La resolución reordena el estado del imputado dentro del proceso, no la culpabilidad, que se definirá más adelante en las etapas de prueba y debate. Aun así, el giro es relevante porque vuelve a endurecer el control judicial en un caso que involucra disparos en la vía pública.

La audiencia se realizó ante un tribunal compuesto por las juezas penales **Raquel Tassello** y **Lilian Borquez**. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por **Franco Tavano**, funcionario de fiscalía, mientras que la defensa quedó a cargo de la defensora pública **Vanesa Vera**. Con esa integración, la revisión dejó asentado que el problema no fue el pedido, sino la falta de fundamentos para sostener el cambio de medida.

Con la preventiva ratificada por tres meses, el expediente queda nuevamente encauzado bajo un esquema más restrictivo mientras se investiga el ataque ocurrido en el centro. La discusión que se resolvió ahora no cerró el caso, pero sí definió cómo seguirá el imputado mientras la Justicia reconstruye el hecho y define responsabilidades. Y dejó una frase que, en términos judiciales, marca un límite: **“no está debidamente fundamentada”**.

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