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title: "La Defensora del Pueblo rechazó una suba del 45,9% en la luz en Río Negro"
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description: "Adriana Santagati cuestionó el pedido de EdERSA en la audiencia pública y advirtió que no se justifica el impacto en los usuarios de los aumentos"
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date_published: "2026-03-02T07:13:00-03:00"
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  - "audiencia pública"
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author_name: "Sergio Bustos"
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category_name: "Actualidad"
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# La Defensora del Pueblo rechazó una suba del 45,9% en la luz en Río Negro

El debate por la tarifa eléctrica en Río Negro sumó un nuevo capítulo con una postura firme desde la Defensoría del Pueblo. **En plena audiencia pública por la revisión tarifaria, el organismo rechazó el incremento del 45,9% solicitado por la distribuidora EdERSA.** La discusión gira en torno a cuánto deberían pagar los usuarios y qué respaldo técnico tiene el pedido empresario.

![audiencia aumentos luz](/download/multimedia.normal.86ef17f0884e26db.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Adriana Santagati.*

La Defensora del Pueblo, Adriana Santagati, fue clara durante su exposición. **“El incremento del 45,9% en la tarifa media general, solicitado por la empresa, no presenta correlación suficiente con la eficiencia del servicio y la evolución de los ingresos de los usuarios”,** sostuvo ante las autoridades regulatorias. La frase marcó el tono de una intervención centrada en la razonabilidad económica y el impacto social.

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Según explicó, la suba pretendida no se traduciría de manera uniforme en las facturas. El aumento implicaría variaciones en la tarifa final según el concepto aplicado —cargo fijo o cargo variable— y también de acuerdo con la categoría del usuario, entre ellas T1R1 y T1R2. **Esa estructura complejiza el análisis y distribuye el impacto de forma desigual.**

El equipo técnico de la Defensoría evaluó la propuesta bajo distintos criterios. **El estudio puso el foco en la equidad tarifaria, la asignación de riesgos y el respeto de los derechos económicos de los usuarios**, en línea con lo que establece el artículo 42 de la Constitución Nacional. Desde ese encuadre jurídico, el organismo consideró que la solicitud no cumple con estándares básicos de proporcionalidad.

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Tras las comparaciones técnicas, la conclusión fue contundente. **La Defensoría señaló que existen indicios de transferencia de riesgos empresariales hacia los usuarios sin justificación objetiva.** También advirtió señales de ineficiencia operativa vinculadas a pérdidas crecientes y costos estructurales que no muestran mecanismos claros de control.

**Santagati profundizó el cuestionamiento al modelo planteado por la distribuidora.** Indicó que, al desenergizar el Valor Agregado de Distribución (VAD), incrementar la representatividad de la red adaptada sobre el modelo MEI, asegurar la anualidad de la declaración de potencia y automatizar cortes mediante medidores prepagos, la empresa busca garantizar previsibilidad de ingresos. Esa lógica, según planteó, desvincula la rentabilidad de la eficiencia real en la prestación del servicio.

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**La Defensora agregó que la propuesta presentada no acredita que el mayor ingreso solicitado resulte estrictamente necesario para sostener la prestación bajo parámetros de calidad y eficiencia**. En otras palabras, no se demostró que el aumento sea la única vía para mantener el sistema en funcionamiento con niveles adecuados.

El planteo no se limitó a una observación técnica. **También introdujo una mirada sobre el contexto económico de los hogares rionegrinos y la capacidad de pago de los usuarios.** En un escenario de ingresos ajustados, cualquier modificación tarifaria adquiere un peso significativo en la economía familiar.

Con estos argumentos, **la Defensoría del Pueblo se pronunció formalmente por el rechazo del requerimiento de ingresos presentado por EdERSA en los términos actuales.** La definición ahora queda en manos del ente regulador, que deberá resolver si convalida total, parcialmente o descarta el incremento solicitado.

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