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title: "ARCA da un mes de oxígeno a los contadores y pasa Ganancias al 27 de julio"
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description: "La Agencia de Recaudación fijó el 27 de julio de 2026 como nuevo límite para Bienes Personales y Ganancias tras los reclamos de los contadores."
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date_published: "2026-05-22T10:58:00-03:00"
date_modified: "2026-05-22T11:02:44-03:00"
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  - "alivio fiscal"
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  - "declaración jurada"
  - "Ganancias"
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# ARCA da un mes de oxígeno a los contadores y pasa Ganancias al 27 de julio

**El nuevo organismo recaudador unificó los vencimientos patrimoniales del período 2025 para dar más margen en el armado de las declaraciones juradas.**

![Ganancias](/download/multimedia.normal.b992ced23027e9fb.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Ganancias*

Los escritorios de los **estudios contables recibieron un inesperado alivio de tiempo** para procesar los balances patrimoniales más complejos del año fiscal. Los profesionales dedicados a la liquidación de impuestos domésticos dispondrán de más de cuatro semanas adicionales para procesar la montaña de comprobantes que exige habitualmente el fisco nacional. Esta modificación excepcional del cronograma oficial descomprime de manera inmediata la actividad comercial de miles de contadores independientes en todo el país.

El cronograma anterior obligaba a realizar las presentaciones de forma escalonada durante el mes de junio, tomando como referencia el último dígito verificador de la clave fiscal. La nueva disposición echa por tierra ese esquema fragmentado y unifica el límite absoluto para el próximo **27 de julio de 2026**. Los contribuyentes particulares contarán con una ventana de tiempo superior para calcular los saldos resultantes y corregir las inconsistencias típicas de los sistemas de carga.

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La medida alcanza de forma directa a las **personas humanas y sucesiones indivisas**, un segmento civil que anualmente sufre serias complicaciones para ordenar sus activos financieros, declarar inmuebles o registrar ingresos y deducciones. El beneficio administrativo abarca tanto a los contribuyentes inscriptos bajo el régimen general de Ganancias como a los ciudadanos adheridos al sistema simplificado de declaraciones juradas. Los asesores impositivos celebraron la postergación porque les otorga un margen de maniobra mucho más holgado para recopilar los datos patrimoniales de sus clientes.

Las autoridades de la recaudación nacional justificaron este beneficio excepcional a partir de las intensas gestiones iniciadas por las diversas federaciones de profesionales en ciencias económicas de las provincias. Los liquidadores advirtieron reiteradamente sobre la imposibilidad material de compilar la información impositiva compleja debido a los tiempos reducidos del calendario general. En los considerandos del texto legal se reconoce de manera explícita que **“diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas han planteado la necesidad de contar con un plazo adicional para la correcta y completa confección de las referidas declaraciones juradas”**.

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El instrumento administrativo que valida legalmente esta prórroga masiva quedó plasmado mediante la publicación de la **Resolución General 5851/2026** en las plataformas oficiales de difusión del Estado. La normativa lleva la firma del director ejecutivo del nuevo ente fiscalizador, **Andrés Edgardo Vázquez**, y establece que el beneficio rige de manera excepcional para el ciclo vencido el año pasado. Los efectos de la resolución entraron en vigencia el mismo día de su divulgación formal en el Boletín Oficial, congelando los plazos perentorios que presionaban sobre el mercado.

Un segmento diferente de la población fiscalizada contará con un esquema de vencimiento adaptado a sus obligaciones netamente administrativas y de control. Los asalariados de altos ingresos y los beneficiarios de regímenes provisionales alcanzados por las obligaciones informativas dispondrán de unos días extra frente al grueso de los contribuyentes declarantes. Para este universo específico de empleados y jubilados, el plazo máximo excepcional se estiró de forma fija hasta el **31 de julio de 2026** inclusive.

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El paquete de prórrogas firmado por las autoridades nacionales arrastra también al postergado **Impuesto Cedular**, equiparando sus plazos de rendición de cuentas con las de Ganancias y Bienes Personales. Esta unificación material del calendario tributario evita que los asesores de inversiones deban realizar presentaciones fragmentadas en distintas etapas del invierno de este año. La unificación de las obligaciones permite procesar en un único trámite contable las ganancias derivadas de la renta financiera y los movimientos patrimoniales declarados al cierre del ciclo anterior.

La cúpula directiva del organismo recaudador aclaró que la flexibilización de los plazos responde a criterios de eficiencia administrativa y de facilitación de trámites para los responsables. Las oficinas centrales buscan ordenar el ingreso de los fondos coparticipables sin sobrecargar los servidores informáticos que suelen colapsar durante las jornadas de vencimientos masivos. La intención de la administración central apunta decididamente a **“facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”** mediante un esquema transitorio racional.

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La puesta en marcha de este nuevo cronograma impositivo traslada ahora la presión operativa hacia los equipos de soporte informático de la agencia de recaudación estatal. Los programadores oficiales deberán actualizar las bases de datos internas para que los contribuyentes visualicen las nuevas fechas al ingresar con su clave fiscal. El verdadero éxito de la prórroga dependerá de la estabilidad que demuestre la **plataforma web de ARCA** cuando miles de liquidadores intenten cargar las declaraciones simultáneamente antes de que expire el mes de julio.

Fuente: NA.

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