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title: "Casación condenó a tres ex gendarmes por crímenes en centro clandestino Olimpo"
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description: "La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal condenó a tres ex gendarmes por su participación en crímenes cometidos en el centro clandestino Olimpo."
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date_published: "2026-05-22T19:48:00-03:00"
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  - "Casación Penal"
  - "derechos humanos"
  - "Gendarmería Nacional"
  - "lesa humanidad"
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# Casación condenó a tres ex gendarmes por crímenes en centro clandestino Olimpo

El fallo vinculó a miembros de Gendarmería con la custodia de 18 víctimas luego asesinadas en un operativo aéreo de 1978, durante la dictadura.

![Crímenes de lesa humanidad](/download/multimedia.normal.adc17ed75495659a.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Crímenes de lesa humanidad*

La **Cámara Federal de Casación Penal** condenó a tres ex integrantes de **Gendarmería Nacional** por crímenes cometidos en el centro clandestino **Olimpo** durante la última dictadura militar. La decisión consideró probado que colaboraron en el cautiverio de 18 víctimas que luego fueron asesinadas en uno de los llamados **“vuelos de la muerte”**. El operativo aéreo fue fechado el **6 de diciembre de 1978**.

El fallo puso el acento en una responsabilidad que no se limitó a quienes ejecutaron materialmente los asesinatos. Para el tribunal, la custodia de personas secuestradas dentro de un centro clandestino integró la secuencia represiva que terminó con su eliminación física. Esa interpretación amplía el alcance penal sobre quienes sostuvieron el funcionamiento operativo del aparato clandestino.

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La resolución fue dictada por la **Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal**. El tribunal analizó la participación de agentes que cumplieron funciones en el centro Olimpo y en estructuras vinculadas con el dispositivo represivo. La sentencia remarcó que esos lugares no funcionaron solo como espacios de detención ilegal y tortura, sino también como parte de un circuito dirigido al asesinato de detenidos.

Los condenados fueron **Sergio Raúl Nazario, Miguel Pablo Lugo y Hugo Luis Medina**. Según se acreditó en el juicio, Nazario integraba la **Dirección de Inteligencia de la Gendarmería** y participó en actividades represivas desarrolladas en Olimpo entre agosto de 1978 y enero de 1979. Lugo cumplía funciones como **Gendarme I** en el Operativo Seguridad Subzona Capital Federal, mientras que Medina era comandante y segundo jefe del **Destacamento Móvil 1 de Campo de Mayo**.

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La sentencia también describió el rol atribuido a Medina dentro de la organización del personal. El tribunal lo señaló como responsable de seleccionar y asignar agentes para operativos vinculados con el funcionamiento del centro clandestino. Esa intervención fue considerada parte del engranaje que permitió sostener la custodia de las víctimas hasta su traslado final.

El voto del juez **Gustavo Hornos**, acompañado por el juez **Mariano Borinsky**, sostuvo que la custodia tuvo valor penal dentro del resultado homicida. **“Prestar funciones de custodia en un centro clandestino de detención y tortura desde el cual se trasladará a sus cautivos con destino a la ejecución final constituye un aporte que, con posterioridad, afectará al bien jurídico vida”**, expresó la sentencia. Con ese criterio, Casación vinculó la permanencia forzada de las víctimas con el desenlace posterior.

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El fallo reconstruyó cómo se desarrollaban los traslados hacia los operativos aéreos. De acuerdo con la resolución, las víctimas eran retiradas del centro clandestino en camiones y llevadas hasta aviones militares. Antes de ser embarcadas, se les aplicaban inyecciones con **Pentotal** bajo la excusa de que eran vacunas o medicación para evitar mareos.

La Cámara sostuvo que las personas eran arrojadas al mar en estado de aturdimiento e indefensión. Esa práctica fue ubicada dentro del mecanismo de **“vaciamiento”** de los centros clandestinos. La expresión utilizada por el tribunal apunta a la eliminación de detenidos secuestrados como parte de la dinámica represiva de la dictadura.

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La decisión judicial no presentó los vuelos como hechos aislados, sino como una práctica insertada en una estructura mayor de terrorismo de Estado. En esa lógica, Olimpo fue analizado como un eslabón de un sistema que incluía secuestro, encierro, tormento, traslado y asesinato. La condena a los ex gendarmes se apoyó en la colaboración funcional que hizo posible ese circuito.

El caso vuelve a colocar bajo revisión el papel de agentes de custodia y mandos operativos en centros clandestinos. Casación entendió que quienes mantuvieron a las víctimas bajo control no quedaron al margen del destino final que el aparato represivo les asignó. La sentencia representa una nueva definición judicial sobre responsabilidades en delitos de lesa humanidad vinculados con los **“vuelos de la muerte”**.

**Fuente: Infobae**

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