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title: "Condenaron a una médica por la muerte de un egresado que volvió de Bariloche"
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description: "Una médica recibió tres años de prisión condicional y diez de inhabilitación por la muerte del adolescente Thomas Octavo, tras una atención en guardia."
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tags:
  - "Bariloche"
  - "homicidio culposo"
  - "Río Negro"
author_name: "REDACCIÓN"
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# Condenaron a una médica por la muerte de un egresado que volvió de Bariloche

Thomas Octavo murió por una falla multiorgánica tras una sepsis; la Justicia consideró que una atención adecuada podía evitar el desenlace.

![Thomas Octavo en Bariloche](/download/multimedia.normal.b178539318d24238.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Thomas Octavo en Bariloche*

**Thomas Octavo** tenía 17 años y murió un día después de haber sido atendido en una guardia de **Valentín Alsina**, luego de regresar de su viaje de egresados en **Bariloche**. La Justicia condenó a una médica por homicidio culposo al considerar que hubo omisiones graves en la atención del adolescente. La sentencia estableció tres años de prisión condicional y diez años de inhabilitación especial para ejercer medicina clínica y realizar guardias médicas.

La condena fue homologada este viernes por la mañana mediante un juicio abreviado. Durante la audiencia, la imputada reconoció su responsabilidad penal y aceptó tanto la calificación legal como la pena acordada entre la Fiscalía, la querella y la defensa. El acuerdo fue acompañado por la querella, que destacó el trabajo conjunto con el Ministerio Público Fiscal durante la investigación y el acompañamiento a la madre del joven.

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El caso se originó por la muerte ocurrida el 25 de octubre de 2022, cuando Thomas falleció a causa de una falla multiorgánica derivada de un cuadro de sepsis por **Streptococcus Pyogenes**. Para la Fiscalía, el desenlace estuvo vinculado con omisiones médicas durante la evolución de la enfermedad. La investigación sostuvo que una intervención adecuada y oportuna podía haber cambiado el curso del cuadro clínico.

La médica condenada atendió al adolescente el 24 de octubre de 2022 en una unidad sanitaria de Valentín Alsina, en la provincia de Buenos Aires. Según la reconstrucción del **Ministerio Público Fiscal de Río Negro**, la familia había informado síntomas graves y persistentes. Aun así, la profesional omitió realizar un examen físico completo y no solicitó estudios complementarios básicos.

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Los investigadores consideraron que esa conducta no se ajustó a la práctica médica esperable frente al cuadro que presentaba el paciente. Los informes periciales incorporados al legajo concluyeron que una evaluación adecuada y un tratamiento oportuno con antibióticos podrían haber modificado la evolución de la enfermedad. En la sentencia, el juez sostuvo que una atención correcta **“muy probablemente hubiera cambiado el destino”** del joven.

La prueba reunida incluyó la historia clínica, la epicrisis de la **Clínica Santa Bárbara** y los informes del **Cuerpo Médico Forense** y del **Cuerpo de Investigación Forense**. También declararon la madre del adolescente y profesionales que intervinieron en la atención posterior. Esos testimonios permitieron reconstruir cómo progresó el cuadro y en qué condiciones ingresó Thomas a terapia intensiva.

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Además de la prisión condicional y la inhabilitación, la condenada deberá cumplir reglas de conducta durante tres años. Entre esas obligaciones figuran fijar domicilio, informar cambios de residencia o teléfono y presentarse periódicamente ante el organismo de control correspondiente. La inhabilitación le impedirá ejercer medicina clínica y realizar guardias, aunque podrá continuar con su especialidad de psiquiatría.

La sentencia todavía no quedó firme, porque las partes no renunciaron durante la audiencia a los plazos legales para presentar eventuales impugnaciones. Ese punto mantiene abierta la posibilidad de revisiones procesales antes de que la condena adquiera firmeza definitiva. El fallo, de todos modos, ya dejó establecida la responsabilidad penal de la médica en el marco del procedimiento abreviado.

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La causa también alcanza a otras personas imputadas dentro del mismo legajo. Minutos después de la homologación estaba prevista una audiencia de control de acusación respecto de un coordinador y de una persona que habría manifestado ser médico sin serlo. Esa instancia fue suspendida a pedido de una defensora pública penal, en función del procedimiento abreviado aceptado previamente por la médica.

El expediente se investigó en Bariloche porque los primeros hechos vinculados al caso ocurrieron durante el viaje de egresados en esa ciudad. Allí, el adolescente comenzó con síntomas y recibió las primeras atenciones antes de regresar a Buenos Aires. El proceso judicial deberá continuar ahora sobre los demás imputados, mientras la condena contra la médica queda pendiente de firmeza y eventual revisión.

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