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title: "El Gobierno elimina los subsidios a los micros de larga distancia por pasajes gratis a personas con discapacidad"
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description: "Resolución 28/2026 elimina compensaciones a empresas de micros por boletos gratis. El beneficio para personas con discapacidad sigue plenamente vigente."
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# El Gobierno elimina los subsidios a los micros de larga distancia por pasajes gratis a personas con discapacidad

Las empresas de transporte deberán absorber el costo total de los boletos sin cargo para personas con discapacidad tras eliminarse el régimen de compensación estatal.

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*Terminal*

Las compañías de transporte automotor de carácter interjurisdiccional asumirán desde hoy**el impacto financiero total de los boletos emitidos sin costo.** La administración nacional decidió desmantelar la estructura de asistencia económica que distribuía fondos públicos entre las firmas operadoras para cofinanciar los traslados de pasajeros beneficiarios de leyes especiales. La quita de estos recursos modifica las reglas de juego comerciales en plena temporada de planificación de servicios.

La **Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte** extingue los desembolsos que se utilizaban para amortiguar el impacto de la gratuidad en los viajes de larga distancia. La normativa oficializada este martes obliga a las firmas del sector a sostener las prestaciones obligatorias pero prescindiendo del reembolso parcial que administraba el Poder Ejecutivo. Las cámaras empresarias deberán readecuar sus balances internos para sostener el flujo de pasajes que demanda la ciudadanía.

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La fiscalización de los cupos mínimos disponibles en cada unidad quedará bajo la órbita de las delegaciones de control en las terminales de ómnibus del país. La **Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)** recibió la instrucción formal de supervisar las ventanillas y plataformas digitales de venta de las empresas de micros. El organismo estatal deberá garantizar **"el efectivo cumplimiento de las obligaciones"** comerciales vinculadas a la entrega de las ubicaciones sin cargo.

Los usuarios alcanzados por los marcos legales vigentes conservan la potestad de solicitar los tickets correspondientes sin modificaciones en los trámites habituales. Las franquicias de gratuidad amparan de forma irrestricta a **personas con discapacidad, pacientes trasplantados, ciudadanos en lista de espera de órganos y niños, niñas y adolescentes con tratamiento oncológico**. La nueva disposición administrativa aclara explícitamente que las modificaciones operativas actuales **"no afectan el contenido esencial del derecho a la gratuidad"**.

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El argumento técnico esgrimido por las autoridades de la Secretaría de Transporte asocia la quita de fondos al nuevo esquema de flexibilización comercial que rige para los servicios públicos. Los transportistas disponen de plenas facultades institucionales para **"determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios"** en las rutas nacionales. Las atribuciones corporativas derivan de la vigencia del Decreto 883/2024 que eliminó las bandas tarifarias fijas.

El sistema de reintegros económicos que funcionaba hasta ayer se estructuró originalmente durante un período de fuerte intervención estatal sobre las tarifas de los pasajes. El propósito original de las partidas presupuestarias consistía en **"mitigar los desequilibrios económicos"** generados por la gratuidad en empresas que no manejaban sus precios de venta. El dictamen oficial concluye que las distorsiones de mercado cesaron con la desregulación de las tarifas del autotransporte.

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La justificación legal del fin de los pagos se apoya en que **"la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada"** en los últimos meses de gestión. Bajo esta premisa de libre competencia sectorial, los funcionarios concluyen que la continuidad de los desembolsos a las prestatarias **"torna innecesaria su continuidad"** presupuestaria. Las empresas de ómnibus de larga distancia pierden así uno de los últimos esquemas de asistencia directa.

La transición regulatoria incluye pautas específicas para evitar la cancelación unilateral de boletos gestionados con anterioridad a la vigencia de la norma. La Secretaría de Transporte incluyó una **cláusula transitoria** destinada a congelar los reclamos sobre las reservas asentadas en los sistemas informáticos durante los días previos. La intención oficial apunta a consolidar las condiciones de las operaciones comerciales consolidadas bajo el principio elemental de **"seguridad jurídica"**.

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Los pasajeros que tramiten sus reservas **a partir de esta jornada mantendrán las vías de denuncia habilitadas ante la CNRT** en caso de detectar rechazos o trabas corporativas en los mostradores. Las empresas del sector interjurisdiccional quedan atadas a las penalidades vigentes de la Ley de Transporte si restringen los espacios asignados por normativa a las personas con discapacidad. El escenario financiero de las firmas de ómnibus ingresa en una etapa de revisión de costos por el traslado logístico obligatorio.

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