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title: "Los jubilados con haberes medios quedarán excluidos del cobro completo del bono de junio"
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date_published: "2026-05-29T09:09:00-03:00"
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  - "ANSES"
  - "Javier Milei"
  - "jubilación mínima"
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author_name: "REDACCIÓN"
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# Los jubilados con haberes medios quedarán excluidos del cobro completo del bono de junio

**El decreto presidencial estableció un tope de 473.317 pesos para la liquidación con refuerzo. Quienes superen la mínima percibirán un extra recortado.**

![Bono Jubilados](/download/multimedia.normal.b3a03d7c7ecab5e9.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Bono para jubilados*

El bolsillo de los jubilados que perciben haberes por encima del piso mínimo experimentará un fuerte **recorte proporcional en la liquidación** del próximo mes. El sistema previsional aplicará un tope estricto que impide a los beneficiarios de ingresos medios acceder de forma íntegra al auxilio económico estatal. Esta medida congela el techo de las remuneraciones subsidiadas, profundizando el **achatamiento de la pirámide de ingresos** de la clase pasiva argentina.

La ingeniería jurídica de la medida quedó asentada formalmente en las páginas del Boletín Oficial a través del **Decreto 399/2026**. La normativa lleva la estampa del presidente **Javier Milei**, acompañado por las firmas de su jefe de Gabinete, **Manuel Adorni**, y el ministro de Desregulación, **Federico Sturzenegger**. Las autoridades nacionales dispusieron la vigencia del pago durante junio de 2026, presentándolo como una herramienta destinada a **"sostener el poder adquisitivo"** del sector.

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La naturaleza contable del refuerzo financiero fue blindada para que el dinero llegue de manera neta y sin alteraciones al beneficiario final. El Poder Ejecutivo de la Nación determinó el **carácter no remunerativo** del subsidio, garantizando que el monto total no sufra ningún tipo de descuento gremial u obra social. De esta manera, el extra en efectivo **tampoco será computable para otros conceptos** de la liquidación previsional habitual, quedando exento de sufrir deducciones impositivas imprevistas.

Los hogares que perciben pensiones compartidas deberán someterse a una cláusula de unificación patrimonial restrictiva que limita el impacto del anuncio. El texto de la reglamentación estipula que, cualquiera sea la cantidad de copartícipes inscriptos en un mismo beneficio, se los considerará como **un único titular** a los fines del cobro del dinero extraordinario. Esta delimitación legal impide la multiplicación del beneficio en aquellos núcleos familiares donde la titularidad del haber original se encuentra dividida legalmente.

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La cobertura asistencial del decreto alcanza de forma directa a los beneficiarios de los regímenes de previsión social más vulnerables del sistema de reparto. El cronograma especial integrará a quienes perciben la **Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)** y a los titulares de las pensiones no contributivas. Dentro de este último grupo se encuentran contenidas las liquidaciones por invalidez, vejez y el padrón de asistencia destinado a las **madres de siete hijos o más**.

El financiamiento global del auxilio previsional obligará a una readecuación masiva de las partidas presupuestarias corrientes del Estado nacional. La **Jefatura de Gabinete** asumirá la responsabilidad técnica de reordenar los flujos de dinero del Tesoro para garantizar la cobertura total de las erogaciones previstas. En paralelo, las oficinas de la **ANSES** mantendrán la facultad operativa para dictar todas las normas aclaratorias y complementarias que exija la fiscalización del proceso de pago.

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**OTRAS NOTICIAS:**

Gerardo Merino:

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La base de cálculo sobre la cual se monta el auxilio extraordinario experimentará un incremento fijado por los índices de movilidad automática. Las planillas oficiales de la seguridad social establecieron que el **haber mínimo jubilatorio se ubique en $403.317,99** durante el mes entrante. Por su parte, la remuneración básica destinada a la **PUAM quedó fijada en $322.654,39**, conformando el piso técnico sobre el cual se adicionarán los complementos de emergencia.

La incertidumbre se traslada ahora al cálculo de los haberes que se ubican en la franja intermedia entre la mínima y el nuevo techo de protección. Cada jubilado recibirá un adicional variable que se achicará de forma proporcional a medida que sus ingresos corrientes se acerquen al límite de **$473.317,99**. Debido a esta arquitectura de escalas cruzadas, la **liquidación individual confirmará el monto real** que percibirá cada beneficiario en su cuenta sucursal.

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**OTRAS NOTICIAS:**

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Las entidades bancarias de todo el país iniciaron la adecuación contrarreloj de sus plataformas informáticas de pago para procesar los depósitos sin demoras operativas. Las gerencias comerciales necesitan coordinar el traspaso de los padrones corregidos para evitar cuellos de botella en las terminales automáticas durante las semanas de cobro. El éxito del anuncio gubernamental queda atado a la **aplicación efectiva del aumento** dentro de los plazos establecidos por el cronograma previsional nacional.

Fuente: NA.

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