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title: "Ordenaron la detención de ex titular de la UIA por peculado en Río Turbio"
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description: "El TOF 7 ordenó detener a Juan Carlos Lascurain luego de que la Corte dejara firme su condena a cuatro años por peculado en la causa Río Turbio."
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date_published: "2026-06-12T10:41:00-03:00"
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tags:
  - "Corte Suprema de Justicia"
  - "Río Turbio"
  - "Tribunal Oral Federal"
  - "UIA"
  - "YCRT"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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# Ordenaron la detención de ex titular de la UIA por peculado en Río Turbio

La Corte dejó firme la condena a cuatro años por peculado. El TOF 7 ordenó que el ex titular de la UIA se presente para cumplir la pena.

![ex titular de la UIA Juan Carlos Lascurain](/download/multimedia.normal.bf64acf44e06f6bb.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*ex titular de la UIA Juan Carlos Lascurain*

Juan Carlos Lascurain tiene cinco días hábiles para presentarse ante la Justicia y comenzar a cumplir una condena de cuatro años de prisión. El ex titular de la **Unión Industrial Argentina** quedó alcanzado por una orden del **Tribunal Oral Federal 7**, luego de que la **Corte Suprema de Justicia** dejara firme la pena por peculado en la causa vinculada a **Yacimientos Carboníferos Río Turbio**. La decisión también alcanza a otros dos condenados por el desvío de fondos destinados a una obra vial que nunca se concretó.

El plazo otorgado por el tribunal quedó por debajo del reclamo que había realizado la fiscal **Fabiana León**, quien pidió la detención **“inmediata”** de los condenados. Sin embargo, el TOF 7 resolvió que Lascurain deberá comparecer en **“el término de 5 días hábiles”** en la sede judicial ubicada en el Palacio de Justicia, en Talcahuano 550. El objetivo de esa presentación será **“cumplir la pena de prisión que le fuera impuesta”**, según la resolución del tribunal.

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La condena se vincula con una defraudación alrededor de la obra conocida como el **“camino de los mineros”**, prevista entre Río Turbio y la localidad de 28 de Noviembre. Ese proyecto vial debía abarcar siete kilómetros de la denominada **“Avenida de los Mineros”**, pero nunca se ejecutó. La empresa adjudicataria era **Fainser S.A.**, propiedad de Lascurain al momento de los hechos investigados.

La causa probó que, entre el 30 de noviembre y el 9 de diciembre de 2015, **YCRT** entregó 50 millones de pesos a Fainser S.A. mediante tres cheques. Esos pagos fueron presentados como un adelanto de obra por la **“Readecuación de la Avenida YCF”**, aunque el tribunal sostuvo que no existía una causa jurídica válida para retirar esos fondos públicos. El dinero salió de la custodia del Estado nacional e ingresó al circuito económico de la empresa beneficiaria.

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La orden de detención no recae solo sobre Lascurain, sino también sobre el ex interventor de YCRT **Atanacio Pérez Osuna** y el ex asesor **Juan Marcelo Vargas**. Los tres quedaron en condiciones de ser alojados como condenados en una cárcel del **Servicio Penitenciario Federal** una vez concretada la presentación judicial. En el caso de Lascurain, que tiene 79 años, su defensa podría pedir la prisión domiciliaria.

El expediente llegó a esta instancia después de un recorrido judicial iniciado con el juicio oral de 2019. En primera instancia, los jueces **Germán Castelli**, **Enrique Méndez Signori** y **Fernando Canero** condenaron por peculado a Lascurain, Pérez Osuna, Vargas, **Horacio Mazú** y **Miguel Ángel Larregina**. Mazú falleció con posterioridad, mientras que Larregina terminó absuelto en una etapa posterior del proceso.

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La **Cámara Federal de Casación Penal** confirmó las condenas en 2023, aunque absolvió a Larregina. La Corte Suprema terminó de cerrar el camino recursivo al rechazar los planteos extraordinarios de las defensas de Lascurain y Vargas mediante el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En la misma resolución, los jueces **Horacio Rosatti**, **Carlos Rosenkrantz** y **Ricardo Lorenzetti** también rechazaron el planteo fiscal contra la absolución de Larregina.

Durante el juicio, Lascurain reconoció haber recibido el anticipo económico, pero sostuvo que los fondos se usaron para contratar personal y preparar el inicio de la obra. Pérez Osuna, por su parte, afirmó que **“hubo una decisión política”** de no realizar los trabajos. El tribunal, sin embargo, dio por acreditada una maniobra basada en facturas, órdenes de pago y cheques que terminaron depositados en cuentas de Fainser S.A.

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La sentencia también ordenó la restitución de los fondos desviados con sus intereses. El monto fue estimado en alrededor de 50 millones de pesos a valores de 2015, lo que incorpora una dimensión económica adicional al cumplimiento de las penas de prisión. Esa devolución forma parte de las consecuencias fijadas por el tribunal para reparar el perjuicio ocasionado al Estado.

El caso Río Turbio tuvo además otra derivación judicial que permanece pendiente. En paralelo, aún debe realizarse un debate por el supuesto desvío de al menos 264 millones de pesos destinados a obras en la mina de carbón, expediente en el que figura imputado el exministro de Planificación Federal **Julio De Vido**. La detención ordenada ahora marca el paso de una condena firme a una etapa de ejecución penal para los acusados cuya responsabilidad ya quedó confirmada.

Fuente: Infobae

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