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title: "Operación Masacre: la Justicia responsabilizó al Estado por los fusilamientos"
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description: "La Justicia Federal de San Martín responsabilizó al Estado argentino por los fusilamientos de José León Suárez y ordenó medidas de memoria y reparación."
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tags:
  - "derechos humanos"
  - "lesa humanidad"
  - "memoria"
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author_name: "REDACCIÓN"
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# Operación Masacre: la Justicia responsabilizó al Estado por los fusilamientos

El fallo federal reconoció los crímenes como lesa humanidad, rehabilitó a las víctimas y ordenó medidas de memoria para familiares y escuelas.

![Familiares de las víctimas](/download/multimedia.normal.b6e39e678a8897ba.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Familiares de las víctimas*

Los nombres de las víctimas de los fusilamientos de **José León Suárez** quedarán incorporados al registro de víctimas de violencia institucional del **Estado argentino**. La decisión forma parte de un fallo federal que reconoció los hechos de junio de **1956** como **delitos de lesa humanidad**. La resolución también ordenó medidas de memoria, reparación y difusión pública para familiares y futuras generaciones.

La sentencia fue dictada por la **Justicia Federal de San Martín** dentro del denominado **Juicio por la Verdad**. El tribunal responsabilizó al **Estado argentino** por los fusilamientos ocurridos durante la dictadura encabezada por **Pedro Eugenio Aramburu** e **Isaac Francisco Rojas**. La decisión llega casi **70 años después** de uno de los episodios más graves de violencia política del siglo XX en el país.

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El fallo estableció que los hechos no respondieron a una acción aislada ni a un exceso individual. La Justicia determinó que existió una **planificación estatal** detrás del operativo que terminó con personas detenidas ilegalmente, trasladadas y fusiladas en un descampado. Esa conclusión cambia el peso institucional del caso, porque coloca la responsabilidad en la estructura represiva de la dictadura de entonces.

La causa reconstruyó lo ocurrido durante la madrugada del **10 de junio de 1956**. Según quedó acreditado en el **expediente 41.041**, efectivos policiales realizaron un **allanamiento ilegal** en una vivienda de la localidad bonaerense de **Florida**. Allí fueron detenidas doce personas sin orden judicial, antes de ser llevadas a la comisaría de **San Martín** y luego al predio de **José León Suárez**.

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Las víctimas fatales fueron **Nicolás Carranza**, **Francisco Garibotti**, **Vicente Rodríguez**, **Carlos Lizaso** y **Mario Brión**. Otros siete hombres sobrevivieron a los fusilamientos: **Juan Carlos Livraga**, **Julio Troxler**, **Reinaldo Benavídez**, **Rogelio Díaz**, **Horacio Di Chiano**, **Norberto Gavino** y **Miguel Ángel Giunta**. La sentencia ordenó la rehabilitación del buen nombre y honor de los doce hombres involucrados en aquel episodio.

Uno de los testimonios centrales fue el de **Juan Carlos Livraga**, sobreviviente de los fusilamientos. Declaró desde **Estados Unidos** a los **96 años** y aportó elementos considerados fundamentales para reconstruir el caso. Su participación permitió reforzar la dimensión testimonial de un proceso judicial orientado a establecer verdad histórica, aun cuando los responsables directos ya habían fallecido.

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La magistrada a cargo concluyó que los delitos cometidos incluyeron **allanamiento ilegal**, **privación ilegal de la libertad agravada** y **homicidio agravado por alevosía**. Esas conductas fueron encuadradas como graves violaciones a los derechos humanos. El fallo indicó que, si los responsables hubieran llegado a juicio, les habría correspondido la pena de **prisión perpetua**.

La resolución también atribuyó responsabilidades a las máximas autoridades de la dictadura y a funcionarios policiales que participaron del operativo. Entre ellos fueron mencionados el teniente coronel **Desiderio Fernández Suárez** y el inspector **Rodolfo Rodríguez Moreno**. Aunque todos los señalados murieron hace años, la sentencia dejó fijada una responsabilidad histórica y jurídica sobre sus actuaciones.

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Las medidas reparatorias ocupan un lugar central dentro de la decisión judicial. La sentencia deberá publicarse en los **Boletines Oficiales de la Nación** y de la **Provincia de Buenos Aires**, además de difundirse a través de organismos de derechos humanos. Esa disposición busca que el reconocimiento judicial no quede limitado al expediente y alcance circulación pública.

La Justicia también ordenó incorporar los hechos en los contenidos educativos nacionales y bonaerenses. El objetivo es que los fusilamientos de **José León Suárez** formen parte de la enseñanza sobre la historia democrática argentina. La medida apunta a sostener una transmisión institucional que no dependa solo de la memoria familiar o de investigaciones históricas previas.

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Otro punto relevante será la colocación de **placas conmemorativas** en los lugares vinculados con los allanamientos, las detenciones y los fusilamientos. Además, el fallo dispuso la creación de un **Sitio de la Memoria** en el predio de los históricos basurales de **José León Suárez**, donde ocurrieron las ejecuciones. Ese espacio buscará marcar físicamente el lugar donde se produjo la violencia estatal.

Durante las audiencias realizadas en el **Auditorio Hugo del Carril**, familiares de las víctimas declararon por primera vez ante la Justicia. Recibieron acompañamiento del **Equipo “Dra. Silvia Bleichmar”**, dependiente de la **Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires**. Los fundamentos completos de la sentencia se conocerán el **16 de julio**, cuando quedará detallado el alcance final de una reparación judicial esperada durante décadas.

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