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title: "Importar maquinaria usada será más barato y rápido según el Gobierno"
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description: "Una reforma del régimen vigente reduce costos, flexibiliza requisitos y habilita mecanismos automáticos para acelerar inversiones industriales."
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date_published: "2026-06-24T09:08:00-03:00"
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author_name: "Sergio Bustos"
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category_name: "Política"
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# Importar maquinaria usada será más barato y rápido según el Gobierno

Las empresas que buscan incorporar equipamiento industrial usado tendrán desde esta semana un escenario más favorable. **El Gobierno nacional modificó el régimen que regula la importación de líneas de producción usadas**y aplicó una serie de cambios destinados a reducir costos, simplificar trámites y acelerar los tiempos administrativos.

![Maquinaria industrial (Foto: KamranAydinov/Freepik)](/download/multimedia.normal.a01ac76345505aa6.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Maquinaria industrial (Foto: KamranAydinov/Freepik)*

La medida quedó formalizada mediante el Decreto 483/2026, publicado en el Boletín Oficial. **La reforma introduce modificaciones sobre el esquema vigente desde 2016** y busca adaptar las reglas a las actuales políticas de desarrollo industrial y comercio exterior.

Uno de los cambios más relevantes está relacionado con la carga tributaria. **Los bienes alcanzados por el régimen pasarán a tributar únicamente el 25% del arancel de importación correspondiente.**Además, quedarán exentos del pago de la tasa de estadística y de la tasa de comprobación de destino, dos conceptos que hasta ahora incrementaban el costo final de las operaciones.

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La actualización también amplía el universo de proyectos que pueden acceder a los beneficios. A partir de ahora,**las empresas podrán importar maquinaria usada tanto para montar nuevas plantas industriales** como para ampliar instalaciones existentes o modernizar procesos productivos ya en funcionamiento.

Otro punto importante es la redefinición del concepto de línea de producción. **La normativa elimina la obligación de que el componente principal del conjunto sea usado**, una condición que en muchos casos limitaba el acceso al régimen y dificultaba la incorporación de equipamiento combinado.

El decreto incorpora además nuevas categorías de proyectos elegibles. **Entre ellas aparecen las líneas destinadas a la generación de energía eléctrica**y los denominados almacenes inteligentes, vinculados a procesos automatizados de logística y almacenamiento. También se amplía hasta 30 años la antigüedad permitida para equipos reconstruidos o actualizados.

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La reforma impacta igualmente sobre las exigencias vinculadas a la compra de bienes nacionales. **El requisito se reduce del 30% al 10% respecto del valor del proyecto**y deberá cumplirse dentro del año posterior a la aprobación correspondiente. La modificación apunta a facilitar el acceso de las empresas al beneficio sin eliminar completamente la participación de proveedores locales.

En materia administrativa, **el Gobierno reemplazó el sistema tradicional de auditorías por un esquema de rendición de cuentas realizado por profesionales certificados.** La intención es acortar los tiempos de control y reducir la carga burocrática para las compañías que adhieran al régimen.

Para acelerar aún más los procesos, **se creó la Constancia de Expediente en Trámite (CET).** Este instrumento permitirá importar bienes antes de obtener la aprobación definitiva, siempre que las empresas constituyan las garantías aduaneras exigidas por la normativa.

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La nueva reglamentación también incorpora mecanismos automáticos para evitar demoras prolongadas. **Si la administración no se pronuncia dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del plazo para presentar la rendición de cuentas**, la instancia se considerará concluida y las garantías podrán liberarse automáticamente.

Sin embargo, **el decreto también endurece las penalidades para quienes incumplan las condiciones establecidas.** La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa podrá ejecutar la totalidad de las garantías cuando existan irregularidades, falta de documentación o utilización indebida de los beneficios otorgados.

A esas medidas se suman sanciones económicas equivalentes al 20% de los tributos no abonados, más intereses y **un recargo punitorio mensual del 2%.**Las nuevas disposiciones comenzarán a regir desde el 24 de junio y alcanzarán también a expedientes que todavía tengan pendientes procesos de liberación o ejecución de garantías.

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