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title: "Confirman sobreseimiento de empresaria por un episodio epiléptico que sufrió al volante"
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description: "La Justicia confirmó el sobreseimiento de Patricia Scheuer, la empresaria que atropelló y mató a un turista en 2025. Había sufrido un ataque de epilepsia."
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date_published: "2026-07-17T09:21:00-03:00"
date_modified: "2026-07-17T09:21:38-03:00"
tags:
  - "accidente fatal"
  - "atropellado"
  - "Cámara de Apelaciones"
  - "Cuerpo Médico Forense"
  - "fallo judicial"
  - "sobreseimiento"
  - "turista"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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# Confirman sobreseimiento de empresaria por un episodio epiléptico que sufrió al volante

**La Justicia determinó que Patricia Ana Scheuer no tuvo control finalista de sus actos cuando atropelló y mató a un turista brasileño en 2025, descartando una acción penalmente relevante.**

![Patricia Scheuer. Foto Hernán Zenteno / LA NACION](/download/multimedia.normal.a786197163e6a362.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Patricia Scheuer. Foto Hernán Zenteno / LA NACION*

La principal hipótesis judicial sostiene que la empresaria gastronómica **Patricia Ana Scheuer** experimentó un episodio epiléptico focal de al menos veinte segundos mientras conducía por la avenida **Del Libertador**. Este evento médico es considerado la única explicación compatible con la evidencia reunida en la investigación del siniestro. Dicha crisis alteró de manera significativa su capacidad de autodeterminación al momento del hecho.

Por esta razón, la **Sala 1** de la **Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional** confirmó el sobreseimiento de la conductora. El hecho ocurrió el **1° de enero de 2025**, cuando atropelló y le causó la muerte al turista brasileño **Fernando Pereira De Amorim Junior**. El trágico suceso tuvo lugar en la intersección de las avenidas **Del Libertador** y **Alvear**.

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La decisión judicial había sido apelada por la familia de la víctima, constituida como querellante en la causa. La viuda, **Adriana Nunes Cleusa**, quien también resultó atropellada en el mismo incidente, y el hijo del fallecido, **Gabriel Colla de Amorim**, buscaron revertir el sobreseimiento. La resolución original que benefició a **Scheuer** había sido dictada a fines de mayo de este año.

En su escrito de apelación, la querella argumentó que el sobreseimiento inicial resultaba **“prematuro”.** Sostuvieron que en la etapa procesal en la que se encontraba la causa, el magistrado de instrucción no estaba facultado para **“sobreseer por duda”**. Por ello, presentaron una serie de puntos para que se evaluara la continuidad de la investigación contra la empresaria.

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Sin embargo, los camaristas afirmaron que el evento se produjo en un contexto de ausencia de control finalista por parte de la acusada. El fallo concluyó de manera determinante que no se verificó una acción penalmente relevante que pudiera ser atribuida a **Patricia Scheuer**. Esta fue la base legal para desestimar la apelación de la familia.

El documento judicial detalla que el episodio epiléptico, si bien no habría implicado una cancelación absoluta de la conciencia, fue idóneo para impedirle ajustar voluntariamente su comportamiento a la realidad. Esto significa que la conductora no pudo controlar el vehículo de manera consciente durante el crítico lapso. La pérdida de dominio sobre sus acciones fue el factor exculpatorio central.

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Esta conclusión se apoya en un informe elaborado por la **Junta Médica del Cuerpo Médico Forense**. En su análisis intervinieron peritos tanto de una de las querellas como de la defensa de la imputada. El reporte de los especialistas indica que **“no es posible descartar que Scheuer haya tenido una crisis focal con pérdida de conciencia al momento del hecho investigado”**.

Además del análisis médico, los jueces descartaron otras hipótesis alternativas que podrían haber influido en el resultado fatal. Se investigó si la imputada estaba utilizando su teléfono celular en los minutos previos al hecho. Las pericias demostraron que el dispositivo se encontraba “en reposo”, con la pantalla apagada y bloqueado.

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La confirmación del sobreseimiento fue argumentada por los jueces **Pablo Lucero** y **Rodolfo Pociello Argerich**. Los magistrados expusieron los puntos que llevaron a ratificar el dictamen en un extenso escrito de **18 páginas**. En este documento detalla el análisis de toda la evidencia y los fundamentos de la decisión final.

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