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title: "El Gobierno nacional reforma el Régimen Aduanero Postal y unifica franquicias de importación"
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description: "Gobierno reforma el régimen aduanero postal. Unifica franquicias de importación, facilita exportaciones comerciales sin límite de valor y simplifica trámites."
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date_published: "2026-07-17T09:46:00-03:00"
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author_name: "REDACCIÓN"
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# El Gobierno nacional reforma el Régimen Aduanero Postal y unifica franquicias de importación

**La reforma facilita las exportaciones comerciales sin límite de valor y estandariza las importaciones no comerciales, eliminando la asimetría fiscal y simplificando trámites.**

![exportaciones](/download/multimedia.normal.8f482832c1e5427a.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*exportaciones*

El **Gobierno nacional** unificó la franquicia de importación para envíos postales sin finalidad comercial en **US$400** por envío. Esta medida, efectiva tras la publicación del **Decreto 604/2026**, también eliminó la tasa del **50%** que afectaba a los envíos que ingresaban a través del operador postal oficial. Además, establece un tope de **cinco** envíos por año por persona para estas importaciones.

Previamente, las importaciones sin fin comercial presentaban tratamientos tributarios diferenciados según el canal de ingreso. Mientras el operador postal oficial aplicaba una tasa del **50%** sobre el valor de la mercadería, los couriers privados ya contaban con una franquicia de **US$400** por envío. Esta nueva disposición elimina la asimetría, generando un marco más equitativo para los consumidores, y ahora quedan exentas de derechos de importación y tasa de estadística hasta **US$400 FOB** por envío.

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En paralelo, la reforma habilitó las exportaciones comerciales por vía postal sin ningún límite de valor, abriendo nuevas oportunidades para productores y comerciantes. Hasta el día de hoy, estas exportaciones carecían de una reglamentación específica, lo que impedía a los actores argentinos acceder a tratamientos aduaneros simplificados de la **Unión Postal Universal**. Este cambio busca integrar mejor a los exportadores nacionales en el mercado internacional.

La norma incorpora un artículo sin número al **Decreto 1001/82**, reglamentario del **Código Aduanero**, para establecer la no sujeción a límites de valor para las exportaciones comerciales. El texto explicita que **«las exportaciones con finalidad comercial realizadas por vía postal no estarán sujetas a límites de valor»**, brindando mayor certidumbre. La **Agencia Noticias Argentinas** procesó esta importante formalización mediante el **Decreto 604/2026**.

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Para concretar estas modificaciones, el decreto sustituye íntegramente el **Artículo 80** del **Decreto 1001/82** para unificar el tratamiento de las importaciones postales sin fin comercial. Adicionalmente, deroga el **Artículo 8** del **Decreto 161/99**, que era la disposición que fijaba la mencionada tasa del **50%** para el operador postal oficial. Estos ajustes legislativos son clave para el nuevo régimen.

Otra novedad del decreto es una simplificación procedimental significativa en el despacho aduanero. El operador postal queda automáticamente habilitado para actuar como representante del destinatario, a menos que este manifieste expresamente su voluntad de actuar por sí mismo. Esta medida agiliza los trámites y reduce la carga administrativa para los importadores.

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El decreto también regula las exportaciones postales de ayuda familiar u obsequio personal, eximiéndolas de tributos a la exportación. Esta exención aplica siempre que el valor acumulado mensual por remitente no supere los **US$5.000**. Esta disposición busca facilitar el envío de bienes entre familiares y amigos sin gravámenes excesivos.

Los fundamentos del texto señalan que la medida busca **«brindar a los productores y comerciantes argentinos nuevas posibilidades para insertarse en el mercado internacional»**. Además, pretende reducir la incertidumbre del consumidor al establecer **«ex ante»** el régimen tributario aplicable a las compras en el exterior. Con estos objetivos, el **Gobierno nacional** busca dinamizar el comercio y dar mayor transparencia.

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El excedente de las importaciones que superen la franquicia de **US$400 FOB** por envío quedará sujeto a los tributos del régimen general, manteniendo un control sobre el flujo de mercancías. La delegación en **ARCA** para el dictado de las normas operativas complementarias asegura la flexibilidad en la implementación de esta reforma. De esta manera, se permitirá una adaptación efectiva a las nuevas condiciones aduaneras postales.

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