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# Rechazan un recurso judicial de Martín Irurzun y el Gobierno activa el concurso para su reemplazo

**Casal, procurador interino, dictaminó inadmisible el planteo del camarista por falta de fundamentación, lo que permite cubrir su vacante en la Cámara Federal.**

![Martín Irurzun](/download/multimedia.normal.948067f990eb6cc3.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Martín Irurzun*

El procurador general interino, **Eduardo Casal**, dictaminó que el recurso extraordinario presentado por el juez **Martín Irurzun** es formalmente inadmisible. El dictamen sostiene que el planteo carece de una fundamentación autónoma suficiente, conforme al **artículo 15** de la **Ley 48**. Esta decisión judicial fue un paso clave en el proceso de su sucesión en la Cámara Federal.

En consecuencia, el **Ministerio de Justicia** inició formalmente el concurso para cubrir la vacante del magistrado en la **Cámara Federal**. La solicitud fue dirigida al presidente del Consejo de la Magistratura y de la Corte Suprema, **Horacio Rosatti**. Fue el director de Relaciones con el Poder Judicial, **Lucas Somigliana**, quien envió la notificación para activar el proceso de selección.

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El procedimiento se puso en marcha después de que el **Poder Ejecutivo Nacional** considerara la disponibilidad del cargo. Esto se debe a que el magistrado cumplió **75 años** el sábado pasado, edad límite para la función judicial. El Gobierno no planteó la solicitud de un nuevo acuerdo del **Senado** para su continuidad por cinco años más.

Previamente, el camarista había intentado permanecer en su puesto a través de la vía judicial. **Irurzun** presentó demandas en el fuero contencioso-administrativo y diversos recursos ante la **Corte Suprema**. Sin embargo, las medidas cautelares solicitadas para frenar su salida fueron sistemáticamente rechazadas en las instancias inferiores.

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En su dictamen, **Casal** coincidió con los tribunales inferiores, argumentando que el planteo del camarista se apoyaba en una hipótesis meramente conjetural. La defensa de **Irurzun** se basaba en la posibilidad de que la actual integración de la **Corte** revierta el precedente conocido como **“Schiffrin”**. Dicho fallo de **2017** confirmó la validez constitucional del límite de **75 años** para los jueces.

Además, el procurador señaló que un cambio en la composición del máximo tribunal no constituye, por sí mismo, un argumento jurídico suficiente para apartarse de una doctrina vigente. Esta interpretación reafirmó la decisión de las instancias previas y cerró la puerta a la continuidad del juez. La postura del procurador fue determinante para el desenlace del proceso.

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**Irurzun** es reconocido como uno de los jueces más influyentes de **Comodoro Py** y es el autor de la denominada **“doctrina”** que lleva su apellido. Este criterio establece que para dictar la prisión preventiva de funcionarios o exfuncionarios, los magistrados deben evaluar no solo el riesgo de fuga. También deben considerar el **“poder residual”** y los vínculos que los acusados conservan en el Estado para entorpecer la investigación.

A lo largo de su extensa trayectoria, intervino en algunas de las investigaciones más relevantes de la historia judicial reciente. Sus actuaciones abarcaron tanto delitos de lesa humanidad como causas de corrupción que involucraron a exfuncionarios nacionales. Entre sus decisiones más resonantes, confirmó diversos procesamientos de la expresidenta **Cristina Kirchner**.

El camarista ingresó al Poder Judicial a comienzos de la década de **1970** y fue ascendido a juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal en **1994**, durante el gobierno de **Carlos Menem**. Ocupó ese cargo durante **32 años**. Siete años antes, en **1987**, había sido designado por el presidente **Raúl Alfonsín** como titular del **Juzgado Federal N° 5**.

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