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title: "Minería: eliminan la doble burocracia y aceleran la devolución del IVA a solo 15 días"
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description: "ARCA elimina la burocracia para recuperar el IVA de exploración minera. Pasa de 24 meses a 15 días, mejorando la competitividad."
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date_published: "2026-07-26T18:30:00-03:00"
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tags:
  - "AFIP"
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author_name: "REDACCIÓN"
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# Minería: eliminan la doble burocracia y aceleran la devolución del IVA a solo 15 días

**Nueva disposición de la ARCA centraliza el recupero del impuesto para exploración, eliminando una demora de 24 meses que afectaba la competitividad.**

![ARCA](https://lu17.com/download/multimedia.normal.9c9132b1163dbe36.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*ARCA*

Las empresas mineras en etapa de exploración en Argentina debían enfrentar una "maraña burocrática" que demoraba la devolución de saldos de IVA por períodos de **18 a 24 meses**. Esta situación generaba cuellos de botella administrativos y una fuerte pérdida de previsibilidad. El prolongado tiempo de espera impactaba directamente en la estructura de costos y en la viabilidad financiera de los proyectos de prospección.

El sistema anterior obligaba a los proyectos a pasar por un "doble mostrador", un proceso que duplicaba la burocracia. Los expedientes debían superar primero una evaluación técnica en la **Secretaría de Minería**, trámite que podía demorar entre **9 y 12 meses**. Posteriormente, el mismo expediente pasaba a la órbita de la **AFIP**, hoy **ARCA**, donde comenzaba una nueva etapa de análisis discrecional.

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Para resolver este reclamo histórico del sector, el gobierno nacional introdujo un cambio drástico en el mecanismo de recupero fiscal. La medida centraliza e informatiza todo el proceso directamente en el organismo recaudador, **ARCA**. De esta forma, se busca agilizar los tiempos y dotar de reglas claras al sistema, tal como lo establecen las leyes vigentes.

La principal modificación es la inclusión de la recuperación del **IVA** vinculado a la exploración minera dentro del **Sistema Integral de Recupero (SIR)**. Como parte de esta reestructuración, se eliminó la intervención previa obligatoria de la **Secretaría de Minería**. Esto se formalizó a través de la abrogación de la normativa anterior, la **Resolución Conjunta 1.641/AFIP y 11/Sec. Minería**.

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En términos prácticos, el cambio más significativo es la reducción radical de los plazos. Con el nuevo sistema, una vez superados los controles formales y sistémicos, la devolución o acreditación del crédito fiscal se liquida en un plazo aproximado de **15 días**. El control ahora es fundamentalmente automatizado y la fiscalización específica se activa solo de manera posterior o ante inconsistencias detectadas.

El cobro del **IVA** acumulado con hasta dos años de demora en moneda local provocaba una severa erosión del capital de las compañías. El valor real de ese dinero se pulverizaba debido a los procesos inflacionarios y la devaluación, transformándose en una pérdida directa de patrimonio. La nueva disposición de la **ARCA** salva este perjuicio al preservar el poder adquisitivo del saldo a favor.

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En la etapa de exploración, las empresas mineras realizan altas inversiones en perforaciones, estudios de suelo y logística sin generar ingresos por ventas. Al cobrar el **IVA** en días en lugar de años, se reduce fuertemente el costo financiero y se permite a las compañías reinvertir ese capital de trabajo inmediatamente. Esto genera un estímulo directo a la inversión en el terreno.

Por otra parte, la incertidumbre sobre los plazos de recupero hacía que Argentina fuera menos atractiva para el capital de riesgo en comparación con otras jurisdicciones. Países como **Chile** o **Perú** cuentan con esquemas de recupero de impuestos a la exploración mucho más ágiles. La medida busca mejorar la competitividad del país para atraer inversiones de **juniors** y **majors**.

En definitiva, las nuevas disposiciones dotan al régimen legal minero de mayor certidumbre y eficiencia. Se establecen reglas claras y automatizadas que mejoran el perfil de riesgo del país. Esto refuerza el marco normativo establecido en la **Ley N° 24.196**, específicamente en su **artículo 14 bis**.

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