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title: "Le niegan renovar licencia a chofer condenado por delitos sexuales en Chubut"
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description: "Justicia ratificó negativa a renovar licencia a chofer condenado por delitos sexuales en Esquel, priorizando seguridad en transporte público."
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date_published: "2026-08-06T13:11:00-03:00"
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tags:
  - "chofer"
  - "Chubut"
  - "Código Penal"
  - "delitos sexuales"
  - "Esquel"
  - "justicia"
  - "licencia de conducir"
  - "seguridad vial"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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category_description: "Conocé los últimos hechos policiales en LU17.com: noticias sobre seguridad, investigaciones y sucesos relevantes de Chubut y toda la Argentina."
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# Le niegan renovar licencia a chofer condenado por delitos sexuales en Chubut

**La Cámara en lo Contencioso Administrativo avaló la decisión municipal, priorizando el bienestar general y la seguridad en el transporte público de pasajeros.**

![Licencia](https://lu17.com/download/multimedia.normal.9fdfd4ab0aba58b4.TGljZW5jaWFfbm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Licencia*

La Justicia de la provincia de **Chubut** ratificó la prohibición de otorgar licencias profesionales de conducir a personas con condenas por delitos contra la integridad sexual, estableciendo que la restricción se mantiene **hasta 10 años después de la caducidad de sus antecedentes** según el Código Penal. La Cámara en lo Contencioso Administrativo fue la instancia judicial que confirmó esta medida. La resolución avala la decisión del municipio de **Esquel** de denegar la renovación del carnet a un conductor que buscaba trabajar como chofer de remis.

El amparista había cumplido una condena de **6 años de prisión** por ser encontrado autor penalmente responsable de un delito contra la integridad sexual. Tras cumplir su pena, el hombre recurrió a la justicia al considerar que la negativa municipal afectaba su derecho a la reinserción social y al trabajo.

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Sin embargo, la Cámara en lo Contencioso Administrativo confirmó la validez de la normativa municipal. Esta impide que personas con antecedentes penales por delitos sexuales obtengan una licencia de conducir profesional para transporte de pasajeros, en ejercicio del **poder de policía** del municipio.

Los magistrados **Marcelo Alejandro Jones**, **María de los Milagros Marra** y **Diego Hernán Sacco** explicaron que la actuación municipal es una habilitación administrativa sujeta a la protección del interés público. Por ello, la autoridad se encuentra facultada para restringir razonablemente el otorgamiento de la licencia.

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En ese sentido, la jueza **María de los Milagros Marra** sostuvo que la medida no resultaba irrazonable. Argumentó que no se advertían alternativas menos restrictivas que alcanzaran con igual eficacia el objetivo perseguido de protección de terceros en el ámbito del transporte.

La jueza también señaló que el “**eventual sacrificio**” impuesto al amparista no resultaba desmedido frente al beneficio que se procuraba. Este consistía en reforzar estándares de seguridad y confianza en el servicio prestado a la comunidad.

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El juez **Marcelo Alejandro Jones** agregó que la pretensión de ser exceptuado de la norma infringiría el principio de juridicidad y de buena administración de la actividad municipal. Por su parte, el juez **Diego Hernán Sacco** concluyó que la regulación legal es adecuada y razonable, siendo el rechazo de la licencia la medida correspondiente.

La sentencia remarca que el otorgamiento de una licencia profesional es una habilitación condicionada a la idoneidad del conductor. El Estado debe proteger tanto la seguridad pública como la integridad física de las personas que utilizan el servicio de transporte, limitando la posibilidad de trabajo como chofer de remis, pero sin impedir la realización de otra actividad laboral lícita.

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