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title: "Proponen multas de hasta diez veces un alquiler para propietarios que falseen datos en desalojos"
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description: "El proyecto de ley de desalojo exprés busca acortar los plazos judiciales a 4-6 meses. Contempla multas a propietarios y mantiene garantías para inquilinos."
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date_published: "2026-08-11T08:58:00-03:00"
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tags:
  - "alquileres"
  - "Cámara de Diputados"
  - "Congreso"
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  - "Senado"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Política"
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# Proponen multas de hasta diez veces un alquiler para propietarios que falseen datos en desalojos

**Un proyecto con media sanción del Senado busca agilizar la recuperación de inmuebles, con multas a dueños que oculten que el alquiler estaba pago.**

![Alquiler. Imagen creada con IA generativa por #LA17](https://lu17.com/download/multimedia.normal.b30bae2152988f86.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Alquiler. Imagen creada con IA generativa por #LA17*

El proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada contempla multas de hasta **diez veces** el valor del último alquiler para los propietarios que utilicen información falsa. Esta sanción podría ser impuesta por un juez si determina que el dueño ocultó que la deuda estaba saldada o falseó las condiciones del contrato para obtener una entrega anticipada del inmueble.

La iniciativa, que ya cuenta con media sanción del **Senado**, introduce la posibilidad de solicitar la devolución de la propiedad antes de que exista una sentencia definitiva. Esta herramienta podría aplicarse tanto por falta de pago como por vencimiento del contrato, aunque el propietario deberá presentar una caución juratoria para responder por eventuales perjuicios.

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Cuando el motivo del reclamo es la falta de pago, el propietario deberá intimar formalmente al inquilino, otorgándole un plazo mínimo de **10 días** corridos para cancelar la deuda. Solo si el pago no se concreta en ese período quedará habilitada la acción judicial de desalojo mediante un procedimiento sumarísimo.

El objetivo de esta vía judicial abreviada es reducir los tiempos de un proceso que actualmente puede extenderse entre un año y medio y **dos años**. Con el nuevo esquema, se estima que podría resolverse en un período de **cuatro a seis meses**, aunque la decisión final seguirá dependiendo de la intervención de un juez.

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El escenario es distinto cuando el contrato finaliza, ya que el proyecto no exige la misma intimación previa. Según explicó **Enrique Abatti**, **«Termina el contrato el día 30 y el primero del mes siguiente podés arrancar el juicio. No hay obligación de intimación»**.

Para los inquilinos, el principal cambio radica en la velocidad que podría adquirir el proceso judicial una vez iniciado. El plazo de **diez días** funciona como una instancia para regularizar una deuda, pero no autoriza al propietario a ejecutar un desalojo por sus propios medios.

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La propuesta, a su vez, mantiene límites para evitar acciones por fuera del sistema judicial. El propietario no podrá ingresar por su cuenta a la vivienda, retirar al ocupante ni cambiar las cerraduras, ya que la desocupación siempre deberá concretarse mediante una orden judicial.

El proyecto todavía debe ser tratado por la **Cámara de Diputados** para convertirse en ley. Además, las modificaciones procesales tendrían aplicación directa en la **Ciudad de Buenos Aires**, mientras que las provincias necesitarían incorporarlas a sus legislaciones locales para que entren en vigencia.

En caso de aprobarse, el mandamiento judicial de desalojo podrá autorizar el uso de la fuerza pública, el allanamiento del domicilio y la apertura de cerraduras. Si se encuentran bienes dentro del inmueble, un oficial de Justicia podrá designar depositarios para su resguardo.

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