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title: "La dueña de una cancha de fútbol 5 fue condenada a pagar $31 millones por la fractura del tobillo de un jugador"
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description: "Justicia de La Plata intimó a dueña de cancha de fútbol 5 a pagar $31 millones por fractura de jugador."
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date_published: "2026-08-22T10:30:00-03:00"
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tags:
  - "fractura"
  - "indemnización"
  - "justicia"
  - "La Plata"
  - "Marcos Rojo"
author_name: "REDACCIÓN"
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# La dueña de una cancha de fútbol 5 fue condenada a pagar $31 millones por la fractura del tobillo de un jugador

**La Justicia de La Plata intimó a Natasha M. Rojo, propietaria del complejo deportivo, a pagar en 5 días bajo apercibimiento de embargo.**

![Martillo juez juicio](https://lu17.com/download/multimedia.normal.90724af99245cff3.bWFydGlsbG8ganVleiBqdWljaW8ganVzdGljaWFfMTFfbm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Martillo juez juicio*

La Justicia platense intimó en las últimas horas a la propietaria de un complejo de fútbol 5 de Melchor Romero a depositar **$31.100.000** en un plazo de **cinco días**. El monto corresponde a una condena por daños y perjuicios, y el incumplimiento podría derivar en procesos de embargo de bienes.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°**2** de La Plata condenó a **Natasha Micaela Rojo**, familiar del futbolista **Marcos Rojo**, luego de que un hombre se fracturara el tobillo, tibia y peroné en una de sus canchas. La demandada tiene previsto apelar el fallo, pero el artículo **29** de la Ley **13.133** establece que para presentar el recurso es necesario depositar el monto fijado en primera instancia.

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La sentencia, fechada el **3 de junio** de este año, se basó en un incidente ocurrido el **3 de junio de 2022**, cuando **Oscar Alberto Diz** alquiló una de las canchas del complejo conocido como **“MR5”**. Mientras jugaba, se tropezó con un sector de la alfombra sintética que estaba rota, provocándole la grave lesión.

La caída de Diz resultó en una fractura expuesta de tobillo, tibia y peroné, requiriendo una cirugía con la colocación de una placa de **siete tornillos**. Posteriormente, el hombre debió permanecer **seis meses** con inmovilización absoluta, afectando gravemente su vida cotidiana y laboral.

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Según consta en el expediente, una de las circunstancias que agravó el reclamo fue que el complejo **“MR5”** no contaba con servicio de ambulancia propio al momento del accidente. Cuando se llamó al **107**, se les informó que la asistencia debía ser cubierta por el establecimiento, al tratarse de un predio privado.

Ante la desesperación por las exclamaciones de dolor de Diz, sus compañeros debieron improvisar una tablilla con una madera y lo trasladaron en vehículos particulares. Así lo llevaron hasta el Hospital San Roque de Gonnet, ubicado a unos **20 minutos** del lugar del incidente.

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La propietaria, **Natasha Rojo**, fue declarada en rebeldía en el proceso judicial debido a su abstención de participar y su reticencia a comparecer e intervenir en la causa. Esta situación le fue notificada el **23 de octubre de 2024**, luego de un intento fallido de entrega de carta documento y su falta de retiro de la misma del Correo Argentino.

Esta declaración de rebeldía tuvo serias consecuencias procesales, ya que el juez **Vicente Atela** determinó que la falta de participación de Rojo creaba una **«presunción en favor de la veracidad de los hechos invocados por el actor y el reconocimiento de la autenticidad de la documentación acompañada en la demanda»**. Tres testigos presentes en la noche del accidente coincidieron en que la cancha **“estaba en muy mal estado”**, con parches y sectores sin alfombra.

Las pericias médicas posteriores determinaron un **10%** de incapacidad física permanente y un **12%** de incapacidad estética por la cicatriz derivada de la cirugía. El fallo judicial estableció **$24.000.000** por incapacidad física, **$7.000.000** por daño moral y **$100.000** por gastos de movilidad y farmacia, sumando un total de **$31.100.000** más intereses y costas del juicio.

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