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title: "La Justicia define si Gildo Insfrán puede ser candidato a un noveno mandato en Formosa"
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date_published: "2026-08-22T11:20:00-03:00"
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  - "Constitución Nacional"
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# La Justicia define si Gildo Insfrán puede ser candidato a un noveno mandato en Formosa

**El máximo tribunal se declaró competente ante un planteo de la oposición, que denuncia como inconstitucional la cláusula que habilita al gobernador a una nueva reelección.**

![Cristina Kirchner y Gildo Insfrán](https://lu17.com/download/multimedia.normal.a7fb2cfb53ca92b0.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Cristina Kirchner y Gildo Insfrán*

La **Confederación Frente Amplio Formoseño** sostiene que la cláusula transitoria que habilita una nueva candidatura de **Gildo Insfrán** es contradictoria con los artículos **1°, 5°, 37** y **123** de la **Constitución Nacional**. Además, argumentan que la medida va en contra de la **Convención Americana sobre Derechos Humanos** y la **Carta Democrática Interamericana**.

En ese marco, la **Corte Suprema de Justicia** se declaró competente para definir si dará curso a este reclamo de inconstitucionalidad. La resolución fue firmada por los jueces **Horacio Rosatti**, **Carlos Rosenkrantz** y **Ricardo Lorenzetti**, quienes analizarán la normativa provincial que permitiría al gobernador competir en los comicios del próximo año.

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El mandatario peronista busca llegar a su noveno mandato consecutivo junto a su vicegobernador, **Eber Solís**, quien lo acompañaría por tercera vez en la fórmula. La habilitación para competir en el período **2027-2031** surge de una cláusula transitoria incluida en la última reforma constitucional de la provincia.

Tras la decisión del máximo tribunal, se determinó correr traslado de la demanda a la provincia de **Formosa**. Las autoridades provinciales disponen de un plazo de **60 días** para presentar su respuesta a través del **Fiscal de Estado**, aunque hasta el momento no se han presentado en la causa.

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Desde la **Unión Cívica Radical (UCR)**, uno de los espacios que integra la confederación opositora, celebraron la intervención de la **Corte**. El partido, presidido a nivel nacional por **Leonel Chiarella**, felicitó al radicalismo de **Formosa** y en particular a la legisladora y presidenta local, **Agostina Villagi**, por su defensa del sistema republicano.

Mediante un comunicado, la **UCR** calificó la resolución como **«un paso fundamental en la defensa de la Constitución Nacional, de la alternancia democrática y de los principios republicanos que rigen nuestro sistema de gobierno»**. En el texto, el partido también destacó el **«coraje y convicción»** de los dirigentes que impulsaron la demanda contra la **«perpetuación en el poder»**.

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La oposición, que también incluye al **PRO** y la **Coalición Cívica**, señala que el escrito provincial vulnera el principio de alternancia en el poder, un pilar del sistema republicano. Consideran que **«una reelección sin límites, lejos de constituir la máxima realización de la voluntad popular, permite que quien se encuentra en ejercicio del poder acumule ventajas inadecuadas para una leal contienda electoral»**.

La actual situación se originó cuando la administración de **Insfrán** promovió una reforma constitucional para reemplazar un artículo que permitía la reelección indefinida. El nuevo artículo, el **156**, limita a los mandatarios a una sola reelección consecutiva, siguiendo el modelo del artículo **90** de la **Constitución Nacional**.

Sin embargo, la **Convención Constituyente** provincial dispuso una cláusula transitoria que establece que el mandato en ejercicio al momento de sancionarse la reforma **«deberá ser considerado como primer mandato»**. Este mecanismo es el que habilita al gobernador y a su vice a presentarse nuevamente a elecciones.

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