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title: "Entra en vigencia un nuevo sistema de cobros de cuotas impagas"
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description: "El BCRA lanza \"Cobros por Transferencia\". Bancos y fintech debitarán cuotas impagas directo de cuentas desde el 31 de agosto, pese a críticas."
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date_published: "2026-08-26T09:42:00-03:00"
date_modified: "2026-08-26T09:42:41-03:00"
tags:
  - "Bancos"
  - "BCRA"
  - "billeteras virtuales"
  - "morosidad"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Actualidad"
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# Entra en vigencia un nuevo sistema de cobros de cuotas impagas

**El BCRA lanza “Cobros por Transferencia”, permitiendo a bancos y fintech debitar directo de cuentas o billeteras virtuales, pese a las críticas.**

![Edificio del Banco Central. Foto #LA17](https://lu17.com/download/multimedia.normal.aee75c4a728db2e6.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Edificio del Banco Central. Foto #LA17*

A pesar de las críticas y el **bajo interés** manifestado por las entidades financieras, el **próximo lunes 31 de agosto** entrará en vigencia un nuevo mecanismo de cobro para deudas. Esta herramienta, denominada **Cobros por Transferencia**, autoriza a bancos y fintech a debitar la cuota pendiente de un préstamo desde la cuenta bancaria o billetera virtual de un cliente moroso.

Para que este sistema se active, el tomador del crédito debe haber autorizado previamente de forma expresa a la entidad para realizar los débitos automáticos. Es importante destacar que este consentimiento puede ser revocado de forma inmediata por el cliente en cualquier momento.

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El Banco Central (BCRA) ideó esta normativa con el objetivo de contener el **alza de la morosidad no bancaria**, aunque el sector financiero expresó serios **«problemas de diseño»**. Las críticas de bancos y proveedores de crédito se centran en la limitación de cobrar solo desde la cuenta donde se depositó el préstamo.

Esta restricción genera dudas significativas sobre el uso práctico del mecanismo, dado que **pocas entidades** querrán transferir los fondos de un crédito hacia una cuenta de su competencia directa. Asimismo, la normativa impide computar intereses ante eventuales retrasos en el pago de las cuotas.

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La norma establece que las cuotas del préstamo deben ser **fijas e iguales**, y no pueden superar el **30% de los ingresos** de la persona deudora. Estas condiciones buscan evitar situaciones de sobreendeudamiento, buscando un equilibrio en la gestión de los cobros.

Además, se restringe el débito sobre los saldos que se encuentran en cuentas remuneradas, fondos comunes de inversión y compras de **dólar MEP**. Esta limitación crea una **asimetría** particular en contra de las **billeteras virtuales** que operan con CVU, ya que habitualmente no retienen saldos líquidos en sus cuentas.

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Si el dinero prestado fue depositado en una cuenta de un banco distinto al que otorgó el crédito, la entidad prestamista estará facultada para debitar la cuota pendiente directamente de esa cuenta de destino en caso de demoras. El BCRA mantuvo la fecha límite del **lunes 31 de agosto** para que bancos y fintech adapten sus sistemas, a pesar de los pedidos de postergación.

La entidad acreedora tiene la obligación de notificar al usuario con **un día de anticipación** que se procederá al débito de la cuota. Se dispuso un límite de operaciones a un intento inicial y un máximo de **dos reintentos**, programados a las **48 y 96 horas** posteriores al primer intento, para evitar conductas abusivas.

Aunque el BCRA negó una prórroga para la implementación, las entidades financieras y fintech estarán obligadas a disponibilizar sus sistemas para permitir estos enganches. No obstante, la norma no las obliga a utilizar esta herramienta para sus propios préstamos.

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