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date_published: "2026-09-05T09:57:00-03:00"
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tags:
  - "Argentina"
  - "Código Penal"
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  - "ley penal juvenil"
  - "Poder Judicial"
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author_name: "REDACCIÓN"
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# Estiman un aumento de hasta el 80% en las causas penales por la nueva Ley Penal Juvenil

**Desde este sábado rige el nuevo régimen que baja la edad de imputabilidad a los 14 años y que podría incrementar los expedientes entre un 40% y un 60% en Buenos Aires.**

![Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil](https://lu17.com/download/multimedia.normal.ae470c4cb14fee27.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil*

Funcionarios judiciales estiman que la cantidad de causas penales podría aumentar hasta en un **80%** con la entrada en vigencia del nuevo **Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil**. En el caso de la provincia de Buenos Aires, la **Comisión del Fuero de Responsabilidad Juvenil** del Colegio de Magistrados y Funcionarios bonaerenses proyecta un incremento de entre **40% y 60%**.

La nueva normativa, que comenzó a regir a las **0 horas** de este sábado **5 de septiembre**, establece la baja de la edad de imputabilidad de **16 a 14 años**. De esta manera, los adolescentes de **14 y 15 años** podrán ser imputados, procesados y, en determinados casos, condenados penalmente, modificando un esquema que estuvo vigente desde **1980**.

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La medida surge de la **Ley 27.801**, sancionada por el Congreso en febrero y publicada en el Boletín Oficial el **9 de marzo**. El **artículo 52** de la norma estableció que comenzaría a regir **180 días** después de su publicación, plazo que se cumplió este sábado. Hasta el viernes, los menores de **16 años** no podían recibir una condena penal, aunque los jueces sí podían disponer medidas que restringieran su libertad.

La ley contempla distintas respuestas según la gravedad del delito. Para los hechos con una pena de hasta tres años de prisión, el tribunal no podrá imponer cárcel efectiva y deberá recurrir a sanciones alternativas como amonestaciones, trabajos comunitarios o monitoreo electrónico. La prisión queda reservada para los delitos de mayor gravedad.

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Cuando un delito tiene una pena de más de tres años y hasta diez, un tribunal puede reemplazar la prisión por otras sanciones si no hubo muerte de la víctima ni violencia grave. También se considera que el adolescente no tenga condenas previas y que exista un dictamen pericial favorable. En estos casos, deben intervenir el fiscal y la víctima antes de la decisión.

Para los delitos más graves, la Justicia podrá imponer una condena de prisión efectiva con un máximo de **15 años** para los adolescentes. La nueva ley prohíbe expresamente la aplicación de prisión perpetua para menores de edad, incluso cuando el Código Penal contemple penas mayores para una persona adulta.

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Durante **2025**, la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Corte Suprema registró **1.753** causas penales a nivel nacional. De ese total, **802** involucraron a menores de hasta **15 años**, es decir, personas que hasta ahora permanecían fuera del régimen de imputabilidad. En ese mismo período, **1.193** menores fueron imputados por primera vez y **407** llegaron a juicio.

La ley también contempla la creación de institutos especializados y la incorporación de personal capacitado en infancia, además de programas educativos, laborales y recreativos. El nuevo esquema busca combinar la responsabilidad penal con medidas para evitar la reincidencia. Los establecimientos de detención dependen de cada una de las provincias.

El proyecto que el **Ministerio de Seguridad** presentó en **2024** originalmente planteaba bajar la edad de imputabilidad hasta los **13 años**. Sin embargo, el texto que finalmente consiguió el respaldo legislativo y se convirtió en ley fijó el límite en **14 años**.

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