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title: "Río Negro define destino de muestras genéticas de organismos marinos de la Patagonia"
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description: "La provincia de Río Negro definió el destino final de muestras de organismos marinos de la Bahía de San Antonio, estableciendo su depósito en museos nacionales."
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date_published: "2026-09-06T09:00:00-03:00"
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tags:
  - "CONICET"
  - "investigación científica"
  - "Río Negro"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Turismo"
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# Río Negro define destino de muestras genéticas de organismos marinos de la Patagonia

**El material de la Bahía de San Antonio irá a los museos de La Plata y Ciencias Naturales “Bernardino Rivadavia” al finalizar la investigación.**

![Área Natural Protegida Bahía de San Antonio](https://lu17.com/download/multimedia.normal.a3ba9c0fa7030b20.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Área Natural Protegida Bahía de San Antonio*

El gobierno de Río Negro estableció que las muestras de organismos marinos extraídas del Área Natural Protegida **Bahía de San Antonio** deberán ser depositadas en la **colección de Helmintología del Museo de La Plata** y en el **Museo Argentino de Ciencias Naturales “Bernardino Rivadavia”**. Esta medida busca asegurar la trazabilidad y conservación del material genético una vez que concluyan las actividades científicas.

La decisión se enmarca en un nuevo acuerdo provincial que regula el uso, traslado y destino de las muestras, las cuales forman parte de una investigación sobre biodiversidad de la fauna meiobentónica en la Patagonia Norte. Este convenio establece condiciones precisas para el manejo del material biológico.

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La doctora **Mariana Laura Adami**, investigadora de la Universidad Nacional de La Plata y del CONICET, es la principal responsable del proyecto que cuenta con estas muestras. El estudio se denomina **“Estudios de la fauna meiobentónica argentina: Una mirada integrativa de la biodiversidad de microturbelarios marinos de la Patagonia Norte”**.

El convenio autoriza a la **Secretaría de Ambiente y Cambio Climático** a suscribirlo y establece que el material obtenido debe ser utilizado exclusivamente con fines científicos. Además, incorpora un mecanismo de seguimiento que obliga a la investigadora a entregar copias digitales de publicaciones y trabajos derivados de la investigación.

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Estas publicaciones deberán reconocer el origen provincial de las muestras, indicar que el acceso se produjo dentro de un proyecto autorizado por la Secretaría e identificar el acto administrativo que habilitó la investigación. Este control es crucial para mantener la supervisión sobre los recursos genéticos provinciales.

El material ya había sido incorporado al **Registro Provincial de Recursos Genéticos** y su colecta fue autorizada en **2025** mediante una resolución ambiental. Con la renovación de la autorización ambiental en **2026**, se recomendó formalizar las reglas de acceso, conservación y recorrido posterior de las muestras.

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El nuevo acuerdo también especifica que, si las muestras deben salir del país, la investigadora deberá obtener un **Certificado de Cumplimiento Reconocido Internacionalmente** ante la autoridad nacional competente. Esta condición es fundamental para la protección de la biodiversidad regional.

La normativa provincial aplicable a los recursos genéticos incluye el **Decreto Q Nº 1135/98** y las disposiciones vinculadas con el **Protocolo de Nagoya**, además de la **Ley Q Nº 2.600**. Este marco legal garantiza la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de su utilización.

Para avanzar con esta medida, distintas áreas provinciales intervinieron, incluyendo el Área Técnica de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, que emitió el **Dictamen Técnico Nº 53/2026**. También participaron la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Energía y Ambiente y la Fiscalía de Estado.

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