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date_published: "2026-09-10T07:43:00-03:00"
date_modified: "2026-09-10T07:43:05-03:00"
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  - "Congreso"
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# Cámara Electoral pidió al Congreso definir reformas electorales con hasta un año de anticipación

**El tribunal advirtió sobre la cercanía del límite recomendado por estándares internacionales para modificar normas, buscando garantizar la previsibilidad del proceso.**

![Cámara de Diputados.](https://lu17.com/download/multimedia.normal.b514cf818c840841.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Cámara de Diputados.*

La Cámara Nacional Electoral solicitó al Congreso que defina las reformas al régimen electoral con suficiente antelación, citando recomendaciones de organismos internacionales. El **Manual para la Observación de Sistemas de Justicia Electoral de la OEA** sugiere cambios entre **seis y tres meses** antes del inicio del proceso, mientras que la **Comisión de Venecia** establece un plazo de al menos **un año** previo a una elección para elementos fundamentales.

A través de la **Acordada Extraordinaria 155**, firmada **este martes** por los jueces **Alberto Ricardo Dalla Via, Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas**, la Cámara puso el foco en la necesidad de preservar la estabilidad de las reglas electorales. Los magistrados recordaron que el Estado tiene el deber de disponer los medios para garantizar el ejercicio efectivo del sufragio.

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En ese marco, la Cámara remarcó que la Justicia Electoral necesita contar con tiempo suficiente para adaptar la organización de los comicios a cualquier cambio legislativo. Los jueces señalaron que entre sus responsabilidades está **«resguardar la efectiva vigencia del principio democrático de la representación popular»**.

El tribunal indicó que existen en el Congreso diversos proyectos de modificación del régimen electoral y de partidos políticos en condiciones de ser tratados. Muchos de estos proyectos contemplan reformas significativas que presentan desafíos ciertos de implementación.

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Frente a este escenario, la Cámara consideró **«prudente y necesario»** poner sus observaciones en conocimiento de las autoridades políticas. La acordada se comunicó al Congreso, a la **Vicejefatura de Gabinete del Interior**, a la **Dirección Nacional Electoral** y a los **juzgados federales con competencia electoral** de todo el país.

Los jueces explicaron que su preocupación no es solamente jurídica, sino que tiene una explicación práctica debido a que el calendario electoral está compuesto por plazos que son, en muchos casos, perentorios e improrrogables. Una modificación legislativa puede obligar a realizar múltiples cambios en la organización de una elección.

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La Cámara precisó que las reformas impactan en las categorías de cargos a elegir, los requisitos para la personalidad jurídico-política de los partidos, los mecanismos de selección de candidaturas, el instrumento de votación y las normas de control del financiamiento partidario. Cualquiera de estas supone llevar adelante multiplicidad de adecuaciones complejas que requieren despliegue temporal con razonable antelación al acto de votación.

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