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title: "Reducen la pena del exmarido de Julieta Prandi pero confirman su condena por abuso sexual"
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description: "La Justicia bonaerense confirmó la condena al exmarido de Julieta Prandi por abuso, pero reduce la pena a 18 años y medio al excluir un agravante."
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date_published: "2026-09-16T13:10:00-03:00"
date_modified: "2026-09-16T13:10:27-03:00"
tags:
  - "abuso sexual"
  - "Claudio Contardi"
  - "condena"
  - "fallo judicial"
  - "Julieta Prandi"
  - "justicia"
  - "violencia de género"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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# Reducen la pena del exmarido de Julieta Prandi pero confirman su condena por abuso sexual

**La Justicia bonaerense excluyó una agravante a la conducta posterior de Claudio Contardi, reduciendo su pena de 19 a 18 años y seis meses.**

![Julieta Prandi (Foto: Agustina Ribó / TN)](https://lu17.com/download/multimedia.normal.8c311b7e49c0517f.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Julieta Prandi (Foto: Agustina Ribó / TN)*

El Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires redujo en seis meses la pena de prisión para **Claudio Contardi**, el exmarido de **Julieta Prandi**. Los jueces **Manuel Alberto Bouchoux** y **María Florencia Budiño** decidieron **“excluir la agravante relativa a la actitud asumida por el imputado con posterioridad al hecho y sus características”**, modificando la sentencia original de **19 años**.

La condena contra **Contardi** por abuso sexual agravado y violencia de género fue confirmada por la **Sala Quinta** del tribunal. El fallo original había sido dictado por el **Tribunal de Campana** en **agosto de 2025**, y la reciente resolución de **56 páginas** ratificó la culpabilidad del imputado y ordenó su detención.

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Esta decisión responde a un recurso de apelación presentado por el abogado defensor, **Fernando Ezequiel Sicilia**, quien había planteado una serie de irregularidades procesales. Los magistrados respondieron a cada uno de los puntos presentados por la defensa en su escrito.

Entre las réplicas, los jueces destacaron que **Contardi** había aceptado ser juzgado por un tribunal técnico y no por un jurado popular. Además, señalaron que su defensa anterior, a cargo de **Claudio Nitzcaner**, conocía los hechos imputados y que no se había afectado el principio de congruencia.

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Por otra parte, la resolución judicial consideró que el relato de **Julieta Prandi** fue correcto y se vio respaldado por las declaraciones de sus familiares, amistades, compañeros de trabajo y profesionales de la salud. Los jueces también dieron por acreditado que existió un contexto sostenido de violencia psicológica, económica, física y sexual dentro de la relación.

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